Suenan las primeras notas, el público empieza a vitorear. Sientes la adrenalina del escenario. Tienes claro que quieres dedicarte a la música. Lo que no tienes tan claro es cómo puedes facturar tus conciertos o actuación musical.
Para ello, hay dos escenarios: trabajar por cuenta ajena a través de lo que se denomina una relación laboral en la que la persona que te ha contratado te dará de alta en la Seguridad Social; o darte de alta como autónomo y ocuparte tú mismo de emitir las facturas a los organizadores del evento. Nosotros nos centraremos en el segundo escenario.
Darse de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social
Una vez que hemos decidido tomar el camino de ser músicos autónomos, el primer paso es darnos de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
Para poder facturar deberás inscribirte en el Censo de Empresarios a través del modelo 036 o 037. Ambos modelos son para hacer el alta en Hacienda. Nosotros recomendamos presentar el modelo 037 ya que es una versión simplificada del 036.
Hace un tiempo te explicamos en este artículo paso por paso cómo rellenar este modelo.
Una vez ya estás dado de alta en Hacienda, el siguiente paso es inscribirte en el RETA a través de la Seguridad Social. Esta alta se tramita a través del modelo TA0521.
IVA reducido para músicos
El 1 de enero de 2019 entró en vigor la reducción de IVA al 10% en las facturas que emiten artistas, músicos y técnicos. Esto es una muy buena noticia para los músicos que trabajan por cuenta propia puesto que esta medida afecta solamente a las personas físicas, es decir, lo que se conoce normalmente como un autónomo.
Sin embargo, los músicos que tributan como personas físicas, o lo que es lo mismo, a través de sociedades, quedan excluidos.
IRPF en facturas de músicos
Para aplicar el IRPF correctamente, tendrás que fijarte en primer lugar si la factura va dirigida a una empresa o a un autónomo.
Si es ese el caso, deberás aplicar una retención por actividades artísticas, que consiste en aplicar un 15% de retención del IRPF en las facturas (los nuevos autónomos podrán aplicar un 7% de retención a las facturas durante los 3 primeros años). Importante destacar aquí el régimen especial de artistas.
Olvídate de perder el tiempo con tus facturas y preocúpate de lo que verdaderamente te importa
Una vez ya sabes cómo puedes emitir tus facturas de manera legal, ¿y si te dijéramos que puedes ahorrarte todos estos quebraderos de cabeza de IVA e IRPF creando tu factura en menos de 1 minuto?
Con tal de facilitarle la vida a los autónomos, en tugesto hemos creado TuFactura, un programa de facturación completamente gratuito y con increíbles prestaciones. Con nuestro programa puedes personalizar tus propias facturas y enviar tanto presupuestos como facturas con un solo clic. Su funcionamiento es realmente sencillo, puesto que solo tienes que introducir los datos del destinatario de la factura, seleccionar el IVA y descuentos y elegir la plantilla que quieres que lleve la factura.
Pero lo verdaderamente increíble es que con nuestro programa de facturación puedes contabilizar automáticamente las facturas y hasta enviar facturas electrónicas.