tugesto. Cuando todo cuadra.
Adaptamos tu empresa a la LOPDGDD y al RGPD y la mantenemos al día: auditoría, documentación, contratos y servicio de DPD disponible como servicio adicional, con juristas especializados y en la misma plataforma que tus nóminas.
Cualquier empresa que trate datos personales, aunque sean solo los de su plantilla o sus clientes, debe cumplir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). En la práctica, eso significa documentar qué datos tratas y para qué, informar a las personas, proteger esos datos y poder demostrarlo. tugesto prepara toda esa documentación y la mantiene al día contigo.
Adaptarse a la LOPD y al RGPD es documentar qué datos personales trata tu empresa y para qué, informar a las personas, firmar contratos con quien accede a esos datos, protegerlos y poder demostrarlo. tugesto lo hace con un software colaborativo y un equipo jurídico detrás, en la misma plataforma que las nóminas.
| Obligación | Dónde está | Cómo te ayuda tugesto |
|---|---|---|
| Registro de actividades de tratamiento | Art. 30 del RGPD | Lo creamos y lo mantenemos actualizado. |
| Informar a las personas y pedir consentimiento cuando haga falta | Arts. 6, 7, 13 y 14 del RGPD y art. 11 de la LOPDGDD | Cláusulas informativas y solicitudes de consentimiento listas para usar. |
| Contratos con quien accede a tus datos | Art. 28 del RGPD | Contratos preparados para tus proveedores y los servicios que tratan datos por ti. |
| Confidencialidad de la plantilla | Art. 5 de la LOPDGDD | Cláusulas de confidencialidad para tus empleados. |
| Analizar los riesgos y aplicar medidas de seguridad | Arts. 24 y 32 del RGPD | Auditoría de riesgo inicial y auditorías periódicas. |
| Atender los derechos de las personas | Arts. 15 a 22 del RGPD | Gestión de las solicitudes de acceso, rectificación, supresión y el resto de derechos. |
| Delegado de Protección de Datos, si tu actividad lo exige | Art. 37 del RGPD y art. 34 de la LOPDGDD | Si lo necesitas, te ofrecemos el servicio de DPD y gestionamos la comunicación de su designación a la Agencia Española de Protección de Datos. |
| Notificar las brechas de seguridad | Art. 33 del RGPD: a la AEPD sin dilación y, como regla, en 72 horas | El equipo jurídico te asiste con la notificación y la relación con la AEPD. |
La exención del registro de actividades para empresas de menos de 250 trabajadores se aplica en muy pocos casos: no rige si el tratamiento no es ocasional, si puede suponer un riesgo para las personas o si incluye datos sensibles, y gestionar las nóminas de tu plantilla ya es un tratamiento habitual (art. 30.5 del RGPD).
Analizamos qué datos tratas, para qué los usas y qué riesgos tienen.
Preparamos el registro de actividades, las cláusulas, los contratos y el manual.
Cuando cambia algo, como un proveedor nuevo o un tratamiento nuevo, nos lo cuentas y la documentación se actualiza.
Auditorías periódicas y servicio de Delegado de Protección de Datos cuando lo necesitas.
Software colaborativo de protección de datos con un equipo jurídico detrás, para autónomos, pymes y empresas. Sin plantillas genéricas descargadas de internet.
El punto de partida de tu adaptación.
Siempre actualizado.
Las normas internas de tu empresa.
Para tu plantilla y tus clientes.
Proveedores y servicios que acceden a tus datos.
Acceso, rectificación, supresión y el resto.
Revisamos tus medidas de forma periódica.
Resume la documentación y las medidas de tu adaptación.
Servicio de DPD y comunicación de su designación a la AEPD.
Nóminas, fichajes, bajas, cámaras. Son las situaciones en las que es más fácil equivocarse, y las conocemos bien porque tugesto también es tu software de nóminas y RRHH. Más detalle en la guía de protección de datos en RRHH.
Antes de usar la ubicación del fichaje hay que informar a la plantilla de forma clara (art. 90 de la LOPDGDD).
Las cámaras en el trabajo exigen informar y respetar sus límites (art. 89 de la LOPDGDD).
La empresa debe fijar criterios de uso de los dispositivos y una política de desconexión digital (arts. 87 y 88 de la LOPDGDD).
Son datos de categoría especial y exigen más cuidado al tratarlos y guardarlos (art. 9 del RGPD).
El RGPD fija multas de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual mundial, si esta cifra es mayor, para las infracciones más graves (artículo 83). Esto es lo que conviene tener claro:
Hasta 10 millones de euros o el 2 % de la facturación anual mundial y, en las infracciones más graves, hasta 20 millones o el 4 %, si esta cifra es mayor (art. 83 del RGPD).
La AEPD tiene en cuenta, entre otros criterios, la naturaleza y gravedad de la infracción, su duración, la intencionalidad o negligencia y las medidas adoptadas para reducir el daño (art. 83.2 del RGPD y art. 76 de la LOPDGDD).
Si suponen un riesgo para las personas, se notifican a la AEPD sin dilación indebida y, a más tardar, en 72 horas desde que las conoces (art. 33 del RGPD).
Más detalle en la guía de sanciones por no cumplir la LOPD.
Si tienes 50 o más trabajadores, la Ley 2/2023 te obliga a tener un canal de denuncias. Lo tienes integrado en tugesto, con el equipo jurídico detrás.
Fichajes, nóminas y portal del empleado en la misma plataforma, con los datos de tu plantilla protegidos.
Pon los datos de tu empresa y mira el tiempo y el coste que recuperas.
Los planes y su detalle están siempre actualizados en la página de planes.
“Desde que usamos tugesto para la contabilidad y la nómina del personal de la farmacia, no hemos tenido ningún error en los cálculos y todo se paga a tiempo. Los trabajadores están muy contentos, y nosotros también.”
“El cambio con tugesto ha sido muy positivo, porque realmente se han ajustado a las necesidades que teníamos. Por ejemplo, en materia de vacaciones o permisos retribuidos por convenio, nuestra anterior plataforma no se ajustaba y ahora, con tugesto, se ajusta. Además, estoy encantada con el software en general y la implementación en tiempo récord de los cambios que he pedido.”
Cómo gestiona su plantilla con tugesto. Resultados y descarga del caso completo.
Descargar el caso de éxitoEs la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que adapta el RGPD europeo a España. Se aplica a cualquier empresa o autónomo que trate datos personales, sin importar su tamaño: basta con tener empleados, clientes o una web con formulario.
No exactamente. El RGPD es el reglamento europeo, de aplicación directa desde 2018. La LOPDGDD lo completa en España y añade, por ejemplo, los derechos digitales en el trabajo. Una empresa tiene que cumplir las dos normas.
Es la revisión de cómo tratas los datos y de si tus medidas cumplen la norma. La ley no fija una frecuencia concreta, pero sí exige revisar las medidas de forma periódica. En tugesto hacemos una auditoría inicial y revisamos tus medidas de forma periódica. Más detalle en en qué consiste una auditoría RGPD.
Solo en algunos casos: cuando tu actividad principal implica observar a personas de forma habitual y a gran escala, cuando tratas a gran escala datos sensibles o cuando perteneces a los sectores que enumera el artículo 34 de la LOPDGDD, como centros educativos, centros sanitarios o aseguradoras. Si no es obligatorio, puedes designarlo igualmente. Te lo contamos en la guía sobre el Delegado de Protección de Datos.
El RGPD prevé multas de hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual mundial, si esta cifra es mayor, para las infracciones más graves. La AEPD gradúa cada multa según criterios como la gravedad y duración de la infracción, la intencionalidad o negligencia y las medidas adoptadas (art. 83.2 del RGPD).
Si afecta a datos personales y supone un riesgo para las personas, tienes que notificarla a la AEPD sin dilación indebida y, a más tardar, en 72 horas desde que la conoces. Si el riesgo es alto, también debes avisar a las personas afectadas (artículos 33 y 34 del RGPD).
Para lo necesario para la relación laboral, como la nómina o el registro de jornada, no: la base legal es el propio contrato y las obligaciones legales de la empresa (art. 6.1.b y c del RGPD). Lo que sí debes hacer es informarles de qué datos tratas y para qué (art. 13 del RGPD).
Depende del plan que elijas. Consulta el detalle actualizado en la página de planes o pídenos información para tu caso.
tugesto.Cuando todo cuadra.
Te contamos cómo adaptamos tu empresa a la LOPD, con tu caso concreto. Si prefieres ir por tu cuenta, mira los planes.
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