El renting en coches es una realidad en aumento. A la hora de valorar si esta opción de movilidad nos compensa, tenemos que valorar distintas cuestiones. Una de ellas es si el renting tiene o no ventajas fiscales.
Qué es el renting
Simplificando, el renting consiste en ofrecer una cuota mensual por el uso y mantenimiento de un vehículo, sin tener que comprarlo. En definitiva, se trata de un alquiler donde, en lugar de ser el inquilino de una vivienda, eres el inquilino de un coche.
El renting puede ser contratado tanto por conductores particulares, como por autónomos y empresas.
Ventajas fiscales del renting
Esta opción de movilidad cuenta con toda una serie de ventajas fiscales a nivel de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades.
Aquí, es importante tener en cuenta que en términos fiscales únicamente podrás obtener beneficio del renting si eres autónomo no sujeto al régimen de estimación directa. También en caso de que tu objetivo sea el de conseguir movilidad para una empresa.
Por su parte, los particulares y profesionales que cotizan mediante el régimen de módulos para autónomos, es decir, taxistas; peluquerías o bares, no podrán aprovechar las ventajas fiscales.
En cuanto a las deducciones, estas se aplican de manera inmediata pues, a nivel contable, esta modalidad se considera como un gasto.
Ventajas fiscales renting autónomos
Los autónomos pueden obtener ventajas fiscales del renting, lo pueden desgravar. En este caso, la cuantía del contrato de alquiler del coche, puede incluirse en el IRPF como gasto deducible.
El requisito no es otro que poder demostrar que el vehículo es una inversión indispensable para promover el desarrollo y funcionamiento del negocio. Es decir, que no estás recurriendo al renting por motivos personales.
Ventajas fiscales renting empresas
En el caso de las ventajas fiscales de las empresas, el renting es deducible como gasto. Es decir, cuando desde la empresa se busca una flota para sus trabajadores (ejecutivos, comerciales y transportistas). Entonces se aplica al Impuesto de Sociedades que paga la compañía.
El requisito fundamental para quienes pretendan deducir la totalidad de la cuota mensual de un renting, será demostrar que se trata de un gasto necesario para desarrollar la actividad.
Igualmente, deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos que exige Hacienda. Entre ellos: contar con una factura, contabilización detallada, imputación temporal y que exista una correlación con los ingresos.
Empresas y autónomos se benefician del IVA
En caso de que el vehículo esté unido a la actividad de manera exclusiva, se puede deducir el 100% de la cuota mensual.
Como era de esperar, lo anterior debe justificarse. En este sentido, sirven acciones como mantener el coche en el garaje de la empresa durante los festivos o que este cuente con la serigrafía de la empresas.
Más allá de las ventajas fiscales
El renting cuenta con otro tipo de ventajas como pueden ser la posibilidad presente en muchos casos de elegir si quedarse o no con el vehículo una vez terminado el contrato. Aquí, lo único que habría que hacer sería abonar la diferencia.
Renting vs Leasing
A veces estos conceptos parecen demasiado próximos y se crea confusión. Vamos a aclararlo.
Por el momento, ya sabemos en qué consiste el renting pero ¿y el Leasing? Este es el conocido “alquiler con derecho a compra”. Y se trata del alquiler financiero de un producto, con opción a compra.
La persona que alquila, es decir, el arrendatario, se compromete a pagar una cuota durante un tiempo determinado, a cambio del disfrute del producto arrendado. Cuando se cumple el plazo pactado puedes adquirir el bien, devolverlo o proceder a la renovación del contrato.
A diferencia del renting, en el leasing es el arrendatario quien debe hacerse cargo del mantenimiento del producto.
La cuota del leasing consta del capital a pagar por el coste del producto, los intereses que se hayan establecido y el IVA de la operación.
Este cuenta también con ventajas fiscales. Por ejemplo, el empresario puede desgravarse el IVA correspondiente y los intereses financieros supondrán un gasto deducible en su contabilidad.
En cuanto a la parte de la cuota que corresponde al valor del bien, esta se puede deducir hasta el doble o, incluso, el triple (pequeñas empresas) de la amortización del bien, según indiquen las tablas oficiales.
Si después de haber leído lo anterior tienes alguna duda con respecto a las ventajas fiscales del renting, estaremos encantados de responderte. Además, en la web de la Asociación Española de Leasing y Renting podrás obtener más información.
Renting flexible
Esta modalidad es la misma que la que venimos explicando, con una peculiaridad: no hay un exigencia en cuanto al plazo de duración del contrato. Con esta modalidad, se adapta mejor a los diferentes tipos de empresas pudiendo durar el contrato tanto como dure la actividad del negocio. El renting de coches o furgonetas no había sido nunca tan sencillo.