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¿Qué modelos trimestrales del IVA son obligatorios para autónomos?

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Con la entrada del tercer periodo fiscal vuelven a nuestras vidas los modelos trimestrales del IVA, que son de obligada presentación para autónomos y empresarios que ejerzan una actividad sujeta a IVA.

Dominar el IVA y el IRPF es el abc de cualquier emprendedor. Pero es importante no saturarse. La noción básica que debes saber con respecto al IVA es que los autónomos y empresarios nunca asumen este gasto, simplemente actúan como intermediarios. Al ser un impuesto de carácter indirecto no se abona directamente a la Agencia Tributaria, sino que las empresas y autónomos lo van recaudando a través de sus transacciones.

Ahora que ya sabes cómo funciona el IVA, vamos a ver los modelos trimestrales del IVA que son obligatorios para autónomos.

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Modelo 303: autoliquidación trimestral de IVA

El modelo 303 es, probablemente, el modelo más importante para autónomos y empresas.

El modelo 303, también conocido como el modelo de autoliquidación trimestral del IVA,  es el impuesto que utilizan los autónomos y las empresas para pagar, devolver o compensar a Hacienda el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y el IVA soportado (el que pagamos como clientes) recaudado a través de las facturas que han emitido y recibido.

¿Quiénes están obligados a declarar este modelo? Los sujetos pasivos que tengan un periodo de liquidación coincidente con el trimestre natural. Es decir, cualquier autónomo o sociedad que desarrolle una actividad sujeta a IVA.

La presentación del modelo 303 se realiza del 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y hasta el 30 de enero.

Si quieres saber más información acerca del modelo 303, en el siguiente artículo te explicamos paso a paso cómo declararlo.

Modelo 310

El modelo 310 lo declaran los autónomos que están acogidos al régimen especial simplificado de IVA para realizar la declaración trimestral de IVA.

Están obligados a presentar el modelo 310 los autónomos que cotizan en módulos y estén acogidos al régimen simplificado de IVA.

La diferencia con respecto al modelo 303 es que para calcular el importe final del trimestre a presentar no se tienen en cuenta las compras y ventas del trimestre, sino que el cálculo se realiza en función a unos módulos de actividad que establece Hacienda.

El modelo 310 se cumplimenta y presenta en los primeros 20 días naturales de los tres primeros trimestres fiscales (abril, julio y octubre).

Modelo 311

El modelo 311 también lo utilizan los autónomos acogidos al régimen especial simplificado de IVA. La diferencia con respecto al modelo 310 radica en que este impuesto se presenta únicamente en el cuarto trimestre del año.

Su presentación se realiza durante los 30 primeros días naturales del mes de enero del año posterior al que corresponde la declaración.

En esta página de la Agencia Tributaria puedes consultar otros modelos fiscales de IVA para grupos de entidades o para los autónomos que comercializan productos o servicios digitales.

Aspectos a tener en cuenta

  • La presentación de estos modelos es obligatoria incluso cuando no se haya registrado ninguna actividad durante el trimestre. En este caso, se deberán presentar los modelos de igual modo marcando la casilla “Sin Actividad”.

  • Para poder presentarlo en la Agencia Tributaria necesitas tener un certificado electrónico o un código de identificación individual que proporciona Hacienda.

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