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¿Qué ocurre si me divorcio y tengo una empresa? ¿Cómo me afectaría?

Laboral

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«Hasta que la muerte nos separe«, una frase vacía de significado cuando empiezan los problemas de pareja y se opta por la separación o el divorcio.

Si además, eres empresario y tienes un negocio familiar o eres fundador de una Pyme junto con tu cónyuge, se disparan las alarmas.

Lo cierto, es que un divorcio afecta a tu rutina diaria de manera determinante. Te cambia la vida para bien o para mal. Si encima, hay que sumar las disputas por el dinero y la empresa, todo se complica.

Si ha llegado el punto final del matrimonio pongamos orden…

Primero de todo… ¿qué ocurre si me divorcio y tengo una empresa?

Antes de poner cartas sobre la mesa, es importante que conozcas el lugar que ocupa una empresa dentro del patrimonio familiar. Así, cuando pienses «¿qué ocurre si me divorcio y tengo una empresa» sabrás cómo actuar.

Y es que, en definitiva, una empresa no es más que una activo del patrimonio de una persona o un matrimonio.

Una vez dicho esto, debes saber que lo importante a la hora de conocer qué pasa con tu empresa cuando te divorcias, es atender a quién pertenece la titularidad de las acciones que forman esa empresa (esa Sociedad Limitada o Anónima)

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Pueden darse pues varias opciones dependiendo de quién sea el titular de las participaciones.

Sigue leyendo y busca cuál es tu caso para saber cómo actuar.

Cuando todas las acciones son de uno de los cónyuges

Puede darse el caso de que todas las acciones de la empresa sea sólo de uno de los cónyuges.

Esto puede ocurrir por 2 razones:

      • No había matrimonio en el momento que se creó la empresa, y la creo uno sólo de los después cónyuges.

    En este caso no hay discusión alguna, el divorcio no afectará en modo alguno al funcionamiento de la empresa y la titularidad de la misma.

    El cónyuge accionista es el titular de la empresa y por tanto, el único propietario de las acciones de la empresa.

    Es por ello que podrá seguir con su actividad con total normalidad, cómo cuando estaba casado.

    Si las acciones están repartidas en régimen de gananciales

    Las acciones serán de titularidad ganancial cuando al constituirse la empresa existía matrimonio y se estaba en régimen de sociedad de gananciales, salvo que en la escritura de constitución se haya hecho consta que el capital con el que se constituye es privativo de un solo de los cónyuges y por tanto es privativa, lo que nos llevaría al caso #1.

    En este caso, aun cuando la naturaleza de las participaciones sea ganancial, y por tanto la empresa forme parte del activo matrimonial, se debe tener en cuenta que las participaciones estarán a nombre de uno de los dos cónyuges, o repartidas entre ambos con titularidades nominales.

    Será el titular de las acciones el que podrá ejercitar los derechos, y tendrá las obligaciones, legal y estatutariamente previstas para los accionistas, por lo que desde un punto de vista teórico el divorcio no afectaría al funcionamiento en el día a día de la empresa: ésta seguirá teniendo un administrador, sus órganos de administración, personas responsables de tomar decisiones y que se cumpla con las obligaciones legales, sus juntas, etc

    La empresa nunca deja de ser una persona jurídica al fin y al cabo, con su propia personalidad y funcionamiento, debiendo continuar éste en la máxima normalidad.

    La clave aquí, por tanto, está en que esas participaciones de lo mercantil son gananciales, es el matrimonio el que las posee y forma parte de su activo.

    Al hacer la liquidación de gananciales la sociedad será un bien más a liquidar, se le tendrá que dar un valor a esas participaciones.

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    Es importante saber, por ejemplo, que si la empresa ganancial posee unas instalaciones, o tiene un préstamo no deben los cónyuges repartir estas instalaciones o este préstamo, que pertenecen a la empresa, sino que deben valorar las participaciones de la mercantil en base, a entre otros muchos factores, al patrimonio de la empresa.

    Existen peritos formados para llevar a cabo este tipo de valoraciones si la pareja no es capaz de llegar a un acuerdo.

    Si es tu caso, una vez estamos de acuerdo en el valor de las participaciones, serán un simple activo más del inventario, hay que adjudicarlas al llevar a cabo la liquidación, junto al resto de patrimonio que tenga en común la pareja (coches, casas, préstamos…), de manera que los cónyuges queden compensados con las adjudicaciones, y en caso de no haber estarlo, uno de los dos tendrá que pagar al otro por la diferencia.

    Si las acciones son de los dos pero sin régimen de gananciales

    Puede darse también lugar que desde el inicio del matrimonio estéis en separación de bienes y ambos ser propietarios en un mismo porcentaje o en distintos porcentajes de las acciones de la empresa.

    Puede también ocurrir, que al liquidar la sociedad de gananciales se opte porque ambos se adjudiquen una parte de las participaciones, que dejarán de ser gananciales y pasarán a ser de los 2.

    Puede parecer lo mismo que sean gananciales a que sean de los dos, pero no lo es.

    No es lo mismo que todas las participaciones sean del matrimonio, a que el 50% de las participaciones sean de un cónyuge y el otro 50% sea del otro cónyuge.

    Cuando ambos son socios por ser titulares de forma individual de distintas participaciones simplemente deben actuar y funcionar del mismo modo que lo hacen aquellos socios de empresas a los que nunca les ha unido una relación sentimental.

    El funcionamiento de la empresa y los problemas que puedan surgir entre vosotros no van a ser diferente a los que puedan darse entre los socios de cualquier empresa.

    Llegados a este punto, cabe destacar que una ruptura sentimental no es plato de buen gusto para nadie, y es importante tener sentido común para intentar llegar al mejor puerto posible.

    Es por ello que te aconsejamos, en primer lugar, saber si merece o no la pena crear una empresa familiar, y en el caso de que así sea y quieres divorciarte de tu pareja, encontrar la mejor solución llegando a acuerdos dado que hablando, se entiende la gente.

    ¿Es la empresa familiar una buena oportunidad laboral?

    Por último os recordamos que en tugesto contamos con un equipo de abogados especialistas en derecho matrimonial, con amplia experiencia, que hará que te sientas defendido y protegido en un momento de tu vida en el que está en juego tu felicidad y tu patrimonio.

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