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Calendario fiscal 2024 (descargable): este año que no te pille por sorpresa

Laboral

Tabla de contenidos

Llega enero y como viene siendo costumbre, la Agencia Tributaria publica el calendario fiscal con los plazos de presentación de los impuestos obligatorios para autónomos y empresas.

Este calendario siempre suele ser complejo de entender, presentando gran cantidad de datos y tecnicismos que pueden hacernos un lío. Por eso, en tugesto hemos creado para ti una versión que simplifica y facilita el entendimiento de tus presentaciones fiscales. De esta manera, tendrás la contabilidad y la presentación de impuestos bajo control.

En este post se encuentran desgranadas mes a mes todas las obligaciones fiscales del calendario fiscal 2024 AEAT a lo largo del ejercicio junto con aclaraciones de presentaciones que pueden llevar a equívoco.

En tugesto ofrecemos un software especializado en la creación de nóminas y en la generación de los modelos fiscales en un solo clic a partir de tu contabilidad.

No obstante, si lo que necesitas es dejar de preocuparte por tu presentación de modelos fiscales te recomendamos utilizar un software fiscal que genera los modelos fiscales automáticamente con los datos de tu contabilidad.

Descarga el calendario fiscal 2024 para empresas y autónomos

En tugesto hemos creado una versión descargable del calendario fiscal 2024 completamente gratuita que simplifica y facilita el entendimiento de tus presentaciones fiscales, realizado por nuestros asesores fiscales con mucho amor. 🧡 ¡Disfrútalo!

¡Hazte con el a continuación!

Este calendario del contribuyente 2024 va íntegramente dirigido a empresas y autónomos, habiéndose cogido para su elaboración los modelos más comunes y recurrentes a todas las actividades económicas.

Recuerda que si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario.

Presentaciones de enero 2024

15 de enero (domiciliación)

Enero es el momento perfecto para emprender nuevos proyectos y de empezar el año con buen pie cumpliendo con las obligaciones fiscales en plazo. Empezamos con el calendario fiscal empresas 2024.

Tanto empresas como autónomos tienen hasta el 15 de enero para domiciliar los modelos 111 (autoliquidación sobre retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de trabajo y de actividades económicas, premios y ganancias patrimoniales), 115 (retenciones e ingresos a cuenta de rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subanderramiento de inmuebles urbanos) y 123 (retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Estos modelos corresponden al último trimestre fiscal de 2023 y hacen referencia a las retenciones del IRPF y a los inmuebles donde empresas y autónomos desarrollan su actividad y a la declaración de retenciones de capital. mobiliario.

Además, se realizará la presentación de la declaración trimestral del modelo 210, relativo al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) y la presentación del modelo 587, un impuesto medioambiental que deberán presentar los fabricantes, importadores o adquirientes de gases fluorados de efecto invernadero.

En enero se presentan el carácter trimestral y mensual de estos modelos.

20 de enero (NRC/presentación)

Hasta el 20 de enero se podrán presentar a través del código NRC los modelos antes mencionados:

      • Modelo 111. Este modelo tendrás que declararlo en el caso de que tengas trabajadores contratados, subcontrates a otros profesionales autónomos que te pasen facturas con retenciones de IRPF.

      • Modelo 115. Este modelo tendrás que declararlo en el caso de tener alquilar un local u oficina cuya factura incluya retención.

      • Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta IRPF, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).

    También se presenta la declaración trimestral del modelo 210 y la presentación del modelo 587.

    25 de enero (domiciliación)

    Hasta el 25 de enero tienen de plazo los autónomos y empresas para domiciliar los siguientes modelos:

        • Modelo 130. Declaración trimestral del IRPF.

        • Modelo 131. Pago fraccionado del IRPF para empresas y profesionales en estimación objetiva .

        • Modelo 303. Declaración trimestral del IVA

      Además, también se domiciliará el modelo 309 trimestral (liquidación no periódica de la declaración de IVA).

      31 de enero (NRC/presentación)

      El 31 de enero será el último día que autónomos y empresas puedan presentar los modelos fiscales mencionados anteriormente (Modelo 130, 131, 303) a través de presentación ordinaria, a diferencia de la domiciliación, que consiste en hacer efectiva la presentación domiciliando un número de cuenta en el banco.

      Además, también será el último día para presentar los modelos 349 y 390, correspondientes a los profesionales que trabajen con operaciones intracomunitarias y a la declaración resumen del IVA anual, respectivamente.

      La declaración trimestral de modelo 309 (liquidación no periódica de la declaración de IVA) también tendrá que realizarse en esta fecha.

      Antes del 31 de enero también deberá realizarse la presentación de las declaraciones informativas de las retenciones e ingresos a cuenta con el modelo 180 y 190. Estos modelos conciernen a las declaraciones de resumen anual de carácter informativo y recapitulativo.

      Asimismo, este día también se presentará el modelo 193, que corresponde a la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas y el modelo 184, perteneciente a la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas.

      Todas las presentaciones de modelos de este día tienen carácter anual.

      Presentaciones que debes tener en cuenta en febrero del calendario fiscal 2024

      Febrero, mes del amor pero es de los meses del año que viene más cargadito de presentaciones fiscales. Presta atención para que no se te pase ni una.

      15 de febrero (domiciliación)

      Como acabamos de decir, igual que ocurría en el 15 de enero, las empresas y autónomos tienen hasta el 15 de febrero para domiciliar la presentación mensual de los modelos:

          • Modelo 111. Este modelo tendrás que declararlo en el caso de que tengas trabajadores contratados, subcontrates a otros profesionales autónomos que te pasen facturas con retenciones de IRPF.

          • Modelo 115. Este modelo tendrás que declararlo en el caso de tener alquilar un local u oficina cuya factura incluya retención.

          • Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta IRPF, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).

        21 de febrero (NRC/Presentación)

        El 21 de febrero será el último día para presentar a través de código NRC y de presentación los modelos arriba mencionados: 111, 115 y 123. También se deberá presentar la declaración mensual del modelo 349 correspondiente a la declaración de operaciones intracomunitarias.

        23 de febrero (domiciliación)

        El 23 de febrero es el último día para domiciliar la declaración mensual del modelo 303, autoliquidación de IVA. Con este modelo los autónomos y empresas pagan, devuelven o compensan a Hacienda el IVA recaudado a través de las facturas que han emitido y recibido.

        Las empresas que están obligadas a presentar el modelo 303 de manera mensual son aquellas con una facturación superior a seis millones.

        Al tratarse de una declaración anual, este modelo hay que rellenarlo y presentarlo una vez al año recogiendo los movimientos del año natural.

        28 de febrero (NRC/presentación)

        Siguiendo con el calendario fiscal 2024, el 28 de febrero tendrá que realizarse la declaración mensual del modelo 303.

        Asimismo, también habrá que presentar la declaración anual del modelo 347 (declaración informativa anual sobre operaciones con terceros).

        Presentaciones fiscales 2024 de marzo

        15 de marzo (domiciliación)

        Como en los meses anteriores, el 15 de marzo será el último día para domiciliar los modelos 111, 115 y 123.

        21 de marzo (NRC/presentación)

        El 21 de marzo será el último día para presentar a través de código NRC o presentación los modelos 111, 115, 123 y 349.

        25 de marzo (domiciliación)

        Hasta el 25 de marzo tienen de plazo las empresas y autónomos para domiciliar el modelo 303 referente a la autoliquidación del IVA mensual del calendario IVA.

        30 de marzo (NRC/presentación)

        Para quienes presenten el modelo 303 a través de NRC, el plazo se ampliará 5 días hasta el 30 de marzo.

        Tus presentaciones en abril del calendario fiscal 2024

        11 de abril (Apertura renta 2024)

        La apertura de la declaración del calendario renta.

        Inicia un mes cargadito de obligaciones fiscales. Antes del 6 de abril debemos presentar el modelo anual 100, relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

        La realización de la renta es de carácter obligatorio para todos aquellos que desarrollen actividades económicas (empresarios, profesionales, autónomos, etc).

        Si quieres saber cómo ahorrar en la declaración de la renta siendo autónomo, tenemos un artículo muy útil que puede interesarte.

        15 de abril (domiciliación)

        El 15 de abril se vuelven a presentar los modelos trimestrales relativos al primer trimestre del año (enero, febrero y marzo).

        Estos modelos son:

            • Modelo 111, 115 y 123. Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF

            • Modelo 202. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes

            • Modelo 130. Pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en Estimación Directa

            • Modelo 131. Pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales en Estimación Objetiva

            • Modelo 303. Liquidación mensual del IVA

            • Modelo 210. Liquidación trimestral del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes

            • Modelo 309. Liquidación trimestral no periódica de la declaración de IVA

          Asimismo, las empresas deberán presentar antes del 15 de abril el Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

          ¿Sabías que puedes pagar menos como emprendedor con el impuesto de sociedades reducido?

          20 de abril (NRC/presentación)

          Hasta el 20 de abril será hábil la presentación trimestral y mensual a través de código NRC o presentación de los modelos 111, 115, 123 y 202.

          Asimismo, también habrá que presentar mediante estas vías las declaraciones trimestrales de los modelos 130, 131, 303, 210, 309 y 349.

          25 de abril (domiciliación)

          Las empresas podrán domiciliar hasta el 25 de abril el modelo 303 mensual de autoliquidación de IVA.

          Te respalda el equipo de asesores fiscales de tugesto

          Las presentaciones de mayo

          2 de mayo (NRC/presentación)

          Asimismo, las empresas que presenten a través de código NRC el modelo mensual 303 de autoliquidación de IVA se ampliará 5 días el plazo hasta el 2 de mayo.

          5 de mayo (Presentación telefónica de la Renta 2024)

          Hasta el 5 de mayo se podrá presentar la Renta 2024 por teléfono.

          15 de mayo (domiciliación)

          Hasta el 15 de mayo se podrán domiciliar los modelos 111, 115 y 123.

          Además, las empresas que fabriquen, importen o adquieran gases fluorados también están obligados a presentar el impuesto medioambiental 587.

          20 de mayo (NRC/presentación)

          Hasta el 20 de mayo se podrá presentar a través de código NRC o de presentación los modelos antes mencionados: 111, 115, 123 y 349.

          A estos modelos se le suma también la presentación del impuesto medioambiental 587.

          25 de mayo (domiciliación)

          El 25 de mayo se cierra el plazo para domiciliar la declaración mensual de IVA a través del modelo 303.

          30 de mayo (NRC/presentación)

          Las empresas que domicilien la declaración mensual del IVA, tendrán hasta el 30 de mayo para domiciliar el modelo 303.

          Toma nota de todo lo que tienes que presentar en junio

          01 de junio (Renta 2024)

          Hasta el 1 de junio las empresas y autónomos tienen de plazo para presentar la declaración de la renta 2024 en las oficinas de la Agencia Tributaria.

          15 de junio (domiciliación)

          Hasta el 15 de junio se podrán domiciliar los modelos 111, 115, 123.

          20 de junio (NRC/Presentación)

          Las pymes y autónomos que presenten los modelos anteriores (111, 115, 123) a través de código NRC o presentación tendrán de plazo hasta el 20 de junio. A estos se les suma el modelo 349.

          25 de junio (domiciliación/presentación)

          Las empresas y autónomos a las que haya dado a pagar la declaración de la renta tendrán hasta el 25 de junio para ingresar el importe.

          También, las empresas podrán domiciliar o presentar la autoliquidación mensual del IVA (Modelo 303).

          27 de junio (domiciliación)

          Hasta el 27 de junio se podrá presentar el Modelo 100 (Renta).

          30 de junio (NRC/presentación)

          Asimismo, el modelo 303 mensual también tiene como último día de presentación el 30 de junio.

          Presentaciones de julio

          Julio, el momento de descansar, recuperar y energías y también de declarar los modelos trimestrales de IVA, IRPF, pagos fraccionados y operaciones intracomunitarias referentes al segundo trimestre fiscal.

          15 de julio (domiciliación)

          Hasta el 15 de julio, empresas y autónomos podrán domiciliar los modelos 111, 115 y 123 (de forma trimestral y mensual) referentes a retenciones e ingresos a cuenta.

          Asimismo, también podrán domiciliar la autoliquidación de IVA (Modelo 303) referida a las operaciones con IVA del segundo trimestre (abril, mayo y junio).

          Además, también tendrás hasta esta fecha para domiciliar el modelo 130 de IRPF, referente a la autoliquidación del pago fraccionado de este impuesto y el modelo 131.

          Como hemos dicho, el modelo 130 pertenece a la declaración trimestral del IRPF, así pues tendrás que presentar este modelo si tributas por estimación directa, o el 131 si tributas por módulos.

          En esta fecha también se realiza la domiciliación de los modelos 210 y 309 de carácter trimestral.

          20 de julio (NRC/presentación)

          Hasta el 20 de julio empresas y autónomos podrán presentar a través de código NRC y presentación los modelos 111, 115 y 123 referentes a retenciones e ingresos a cuenta, el modelo 303 referido a la autoliquidación de IVA y el modelo 130 y 131.

          Asimismo, también será el último día para presentar el modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

          En esta fecha también se realiza la presentación de los modelos 210 y 309 de carácter trimestral.

          Además, es el último día podrá domiciliar la declaración anual del modelo 200, referente a los documentos de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

          25 de julio (domiciliación/presentación)

          Hasta el 25 de julio podrá domiciliarse el modelo mensual de autoliquidación de IVA (Modelo 303)

          También se podrá presentar a través de código NRC o de presentación ordinario la declaración anual del modelo 200, referente a los documentos de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

          Tus presentaciones fiscales de agosto

          1 de agosto (NRC/presentación)

          Por último, hasta el 30 de julio tendrán las empresas para presentar a través de código NRC el modelo mensual de autoliquidación de IVA 303.

          15 de agosto (domiciliación)

          Las declaraciones mensuales de los modelos 111, 115 y 123 podrán domiciliarse hasta el 15 de agosto.

          22 de agosto (NRC/presentación)

          Asimismo, las declaraciones mensuales de los anteriores modelos (111, 115 y 123) podrán presentarse a través de código NRC hasta el 22 de agosto.

          25 agosto (domiciliación)

          La declaración mensual del modelo 303 de autoliquidación de IVA podrá domiciliarse hasta el 25 de agosto.

          30 agosto (NRC/presentación)

          El plazo para presentar la declaración mensual del modelo 303 se amplía 5 días en el caso de que se presente a través de código NRC.

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          Que no se te olviden las presentaciones fiscales de septiembre

          15 de septiembre (domiciliación)

          Hasta el 15 de septiembre los emprendedores tendrán de plazo para domiciliar los modelos 111, 115 y 123.

          Además, también tendrán que presentar el impuesto medioambiental referente al modelo 587 los profesionales que fabriquen, importen o adquieran gases fluorados de efecto invernadero.

          20 de septiembre (NRC/presentación)

          A través de código NRC o presentación se podrán presentar las declaraciones mensuales de los modelos 111, 115, 123 y 349 y 587 (impuesto medioambiental de gases fluorados).

          Ten en cuenta que en esta fecha también tendrás que declarar los meses de julio y agosto del modelo 349 (esto ocurre porque al ser periodo vacacional la presentación se traslada a septiembre).

          25 de septiembre (domiciliación)

          Hasta el 25 de septiembre podrá domiciliarse el modelo 303 de carácter mensual referente a la autoliquidación de IVA.

          30 de septiembre (NRC/presentación)

          Para quienes presenten la declaración mensual del modelo 303 a través de código NRC podrán presentarlo hasta el 30 de septiembre.

          Tus presentaciones de octubre 2024

          Llega octubre y además de la terrorífica fiesta de Halloween también llega otro hecho que hace temer a los emprendedores: el tercer trimestre fiscal del año.

          En tugesto somos un despacho de asesores y abogados online únicos en nuestra especie. A través de una plataforma fácil e intuitiva de utilizar la generación automática de modelos fiscales a partir de la contabilidad es posible. Gracias a esta funcionalidad, los autónomos y empresarios pueden presentar los modelos con un solo clic ahorrándose tiempo y dinero.

          15 de octubre (domiciliación)

          Hasta el 15 de octubre podrán domiciliarse la declaración trimestral y mensual de los modelos 111, 115 y 123.

          También, podrá domiciliarse la declaración trimestral del modelo 130 y modelo 131 referidos al pago fraccionado del IRPF y del modelo 303 referido a la autoliquidación de IVA.

          En esta fecha también se domiciliará el modelo 202 correspondiente al pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes relativos a los meses de abril, octubre y diciembre.

          La presentación de los modeloa 131, 210 y 309 de carácter trimestral también está programada para esta fecha.

          20 de octubre (NRC/presentación)

          Hasta el 20 de octubre se podrá presentar a través de NRC o presentación la declaración trimestral y mensual de los modelos 111, 115 y 123.

          Además, también es el último día para presentar la declaración trimestral y mensual del modelo 349 relativo a operaciones intracomunitarias.

          El modelo 202 relativo a abril, octubre y diciembre también se podrá presentar hasta el 20 de octubre.

          También se hará efectiva la presentación de carácter trimestral de los modelos 130, 131, 210, 303 y 309.

          25 de octubre (domiciliación)

          La declaración mensual del modelo 303 referente a la autoliquidación de IVA se podrá domiciliar hasta el 25 de diciembre.

          31 de octubre (NRC/presentación)

          Igualmente, la declaración mensual del 303 se podrá presentar hasta el 31 de octubre a través del código NRC.

          Toma nota de las presentaciones fiscales de noviembre

          El otoño, además de hojas secas también nos trae las declaraciones mensuales de algunos modelos fiscales.

          15 de noviembre (domiciliación)

          Autónomos y empresarios tienen hasta el 15 de noviembre para domiciliar los modelos 111, 115 y 123.

          21 de noviembre (NRC/presentación)

          Se amplía el plazo hasta el 21 de noviembre en el caso de que realices la declaración mensual de los modelos 111, 115, 123 y 349 a través de código NRC o presentación.

          25 de noviembre (domiciliación)

          Se podrá domiciliar hasta el 25 de noviembre el modelo 303 de autoliquidación de IVA.

          30 de noviembre (NRC/presentación)

          En el caso de que presentes la declaración mensual del modelo 303 a través de código NRC, el plazo se amplía hasta el 30 de noviembre.

          Presentaciones de diciembre del calendario fiscal 2024

          En diciembre nos topamos con el cierre contable. En este momento del año tu contabilidad tiene que estar al día para no tener problemas con el fisco.

          15 de diciembre (domiciliación)

          Hasta el 15 de diciembre podrán domiciliarse las declaraciones mensuales de los modelos 111, 115 y 123. También se procederá a la presentación del modelo 202 relativo al pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

          20 de diciembre (NRC/presentación)

          El 21 de diciembre los emprendedores que realicen la presentación a través de código NRC o presentación deberán presentar los modelos mensuales 111, 115, 123 y 349 además del pago fraccionado del IS (Modelo 202) referente a los meses de abril, octubre y diciembre.

          25 de diciembre (domiciliación)

          Hasta el 25 de diciembre podrá domiciliarse la declaración mensual del modelo 303 de autoliquidación de IVA.

          30 de diciembre (NRC/presentación)

          De igual modo, el modelo 303 podrá presentarse mediante código NRC hasta el 30 de diciembre.

          Y aquí termina el calendario impuestos 2024.

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          Tal y como anuncia la Agencia Tributaria en su página web, este calendario se ha confeccionado con proyectos normativos en tramitación, por lo que podría estar sujeto a modificaciones. Asimismo, si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario.

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