¿Tienes que hacer un ERE en tu empresa? ¿La crisis sanitaria por la COVID-19 te obliga a despedir a varios de tus trabajadores? En este post te mostramos todo lo que debes saber sobre el expediente de regulación de empleo y cómo funciona.
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¿Qué es un ERE? Significado
¿Sabes qué es un ERE? Estas siglas se refieren al término Expediente de Regulación de Empleo y se trata de un mecanismo legal para que empresas puedan suspender o despedir a sus trabajadores. El ERE viene regulado en el artículo 51 de la Ley del Estatuto de los trabajadores y fue aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
De esta manera, una empresa con serios problemas económicos puede llevar a cabo un despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción; además, puede suspender temporalmente a los empleados, siempre que existan causas de fuerza mayor.
Además, la empresa debe asegurarse que el despido colectivo afecta al mínimo de trabajadores que exige la ley:
- Empresas con menos de 100 trabajadores: al menos 10 empleados.
- Entre 100 y 300 empleados: como mínimo debe afectar al 10% de los mismos.
- Más de 300 profesionales: al menos a 30 de ellos.
Tipos de ERE
En función de las medidas que vaya a llevar a cabo la empresa, en la actualidad encontramos distintos tipos de ERE:
- De extinción: se conoce como despido colectivo y consiste en el cese definitivo de la relación entre la empresa y los trabajadores.
- De suspensión: la finalización del contrato es temporal; podría decirse que es un ERE temporal. El problema es que el trabajador no tienen ningún tipo de indemnización por despido, ya que su relación laboral no se ha extinguido.
- De reducción de jornada: se reduce la jornada del trabajador durante un período de tiempo determinado.
Importante tener claras las diferencias entre ERE y ERTE. Pues la T viene de la palabra temporal, marcando la diferencia entre el despido colectivo firme y definitivo del temporal.
Causas que pueden provocar un ERE
¿Tienes que hacer un ERE en tu empresa? A continuación te mostramos las principales causas por las que te puedes acoger a un ERE:
- Económica: los resultados de tu empresa muestran una situación negativa, con pérdidas actuales o previstas, así como la disminución continua de las ventas o los ingresos habituales.
- Técnica: hay un excedente de mano de obra y, por ello, se producen cambios en los medios o instrumentos de producción.
- Organizativa: se producen cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal.
- Productiva: varía la demanda de productos y servicios que la empresa comercializa.
¿Qué trabajadores están protegidos en un ERE?
Los representantes de los trabajadores tienen el derecho preferente de permanecer en la empresa; es decir, en caso de ERE, serían los últimos en despedir.
Derechos de los trabajadores en un ERE
Los trabajadores que se ven afectados por un expediente de regulación de empleo tienen los siguientes derechos:
- Indemnización: al menos, 20 días por año trabajado, con hasta un máximo de 12 mensualidades.
- Prestación por desempleo: si el profesional cumple los requisitos.
- Inclusión en un plan de colocación: solo es para ciertos empleados, como aquellos con cargas familiares o discapacidad.
- Impugnación judicial del ERE: si un trabajador no acepta un ERE porque no se cumplen los requisitos legales o no se respetan sus derechos puede impugnarlo, es decir, una persona puede negarse a aceptar un ERE temporal, de extinción o de reducción de jornada.
¿Cuándo el ERE es nulo?
En algunos casos, el despido de alguno de los trabajadores puede ser nulo; a continuación te mostramos cuando sería:
- Empleados durante el período de suspensión por maternidad, paternidad y todo lo relacionado con ello.
- Trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el periodo de suspensión por maternidad o paternidad.
- Empleados que han solicitado permiso o estén disfrutando de una excedencia.
- Trabajadoras víctimas de violencia de género que soliciten reducción o reordenación de jornada.
Cómo se tramitan
A la hora de tramitar un ERE existen tres fases en las que interviene tu empresa, tus trabajadores y las autoridades laborales.
Fase de consulta
Se realiza la apertura de un período de consultas entre los trabajadores y los representantes de tu empresa. Estas negociaciones tienen un máximo de 15 días en PYMES de menos de 50 trabajadores y 30 en las que tienen más empleados. Estas son las siguientes posibilidades que se exploran en este tiempo:
- Evitar o reducir los despidos.
- Atenuar las consecuencias de los despidos que no se pueden evitar.
- Pactar medidas que disminuyan los efectos del despido colectivo.
False de autorización administrativa
La documentación de la fase de consulta se entrega a la autoridad laboral que, con la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la entidad gestora, debe velar por la efectividad del período de consultas y garantizar que todas las partes negocien de buena fe e intenten llegar a un acuerdo.
Esta fase finaliza cuando, tras un período de negociación, comuniques el resultado de dicha negociación, ya que no es necesario llegar a un acuerdo.
Fase de resolución
Si la tramitación cumple con las formalidades exigidas, la autorización te permite extinguir los contratos de los trabajadores que se han visto afectados en el ERE. En esta fase, lo único que tienes que hacer es notificar individualmente la decisión a tus trabajadores.
Ahora viene una de las preguntas más habituales, ¿qué pasa si un trabajador no acepta el ERE? En ese caso, lo único que puede hacer es presentar una demanda judicial de forma individual; si la justicia le da la razón, cuando la sentencia sea firme, tu empresa le tiene que readmitir y abonarle el salario que no recibió desde tu despido hasta su reincorporación.
Cómo calcular la indemnización en un ERE
Para calcular la indemnización de un ERE es necesario tener varios documentos a tu disposición:
- Carta de despido: para saber el tipo de despido que se aplica al trabajador.
- Contrato de trabajo:lo mejor es tomar el primero de ellos, siempre que hayan pasado menos de 20 días.
- Nómina: si el sueldo del empleado es variable debes reunir todas sus nóminas del último año.
- Ingresos variables: comisiones, bonus o complementos por objetivos, entre otros.
- Ingresos en especies: vehículo de empresa, seguro o cesión de la vivienda para uso particular, entre otros.
En definitiva, si tienes una empresa y vas a realizar un ERE ya conoces las causas por las que puedes presentarlo, qué derechos tienen tus empleados y cuáles son las fases que debes seguir para tramitarlo.