Continuamos con las nuevas ayudas para autónomos 2018. En la primera parte ya explicamos algunos cambios como la ampliación de la “tarifa plana” o las ayudas para discapacitados. Hoy os traemos otras ayudas que os pueden interesar.
Reducción de intereses por impago
Otra de las novedades en las ayudas para autónomos es la reducción de los recargos por impago a la Seguridad Social. Hasta ahora el recargo era del 20% tras el primer mes.
A partir de 2018 el interés baja al 10% si el abono se produce dentro del primer mes natural siguiente al vencimiento del plazo de ingreso.
Es decir, que si dejamos de pagar la cuota de enero, se nos aplicará un recargo del 10% siempre y cuando la paguemos en febrero. Si la pagamos en marzo, el recargo es del 20%.
Ayudas para autónomos que trabajan desde casa
Los autónomos y las autónomas que trabajen desde casa también van a obtener bonificaciones.
A partir de 2018 podrán deducirse en el Impuesto sobre la Renta el 30% de los gastos de suministro. Así como podrán deducirse el 50% de los gastos de carburantes del vehículo de empresa.
Ayudas en las dietas
Por fin, en 2018 los autónomos tendrán derecho a deducirse en el Impuesto de la Renta las dietas. Esto son, las comidas, desplazamientos con pernocta por trabajo.
Hasta un límite de 26,67€ diarios en territorio nacional, y 48€ al día en el extranjero. Para ello, deberán presentar todos los tickets oportunos y abonar las facturas electrónicamente.
Se contempla el accidente “in itinere” en los autónomos
Si has sido trabajador por cuenta ajena sabrás que los accidentes de camino o vuelta del trabajo, “in itinere”, en cualquier tipo de transporte está protegido por la Seguridad Social.
Pues bien, los autónomos ahora podrán disfrutar de esta protección siempre y cuando coticen por “riesgos profesionales”.
Nuevas ayudas para autónomos más mayores
Si eres un autónomo que sigue trabajando a pesar de haber cumplido ya la edad de jubilación, y tienes asalariados a tu cargo, atento/a.
A partir del 1 de enero podrás cobrar tanto el 50% de tu pensión de jubilación como el 50% de tu sueldo (jubilación a tiempo parcial).
Ayudas para las mamás y papás autónomos
También hay nuevas ayudas para autónomos, para las madres autónomas que dan por finalizada su baja por maternidad. Así, se les aplicará igualmente la “tarifa plana” durante el primer año de empleo.
Por otra parte, todas las madres y los padres que requieran la baja por maternidad o paternidad, estarán exentos de pagar la cuota de autónomo de la Seguridad Social durante el tiempo que estén de baja. Igualmente se beneficiarán de esta ayuda quienes cuiden de una persona dependiente.
Ayudas para contratar familiares
Por último, se han implantado ayudas para autónomos que contraten familiares. Así, todo autónomo que contrate a un familiar de forma indefinida (como trabajador en Régimen General, es decir, por cuenta ajena) se ahorrará todo un año de la cuota empresarial por contingencias comunes.
Entre los familiares se incluyen cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusivo (padres, suegros, hijos y yernos, además de abuelos, hermanos, cuñados y nietos).
Los requisitos para obtener esta bonificación incluyen que el empresario no haya despedido a nadie en doce meses anteriores.