LA VIDA NO ES PERFECTA.
¡Las nóminas de tus trabajadores sí! ¿Quieres descubrirlo?
Blog de tugesto

Ejemplo: malas prácticas hacia tus clientes

Laboral

Tabla de contenidos

Las malas prácticas empresariales hacia usuarios y consumidores pueden hacerte perder más de lo que piensas. Por eso es importante estar al día tanto de regulaciones como normas, así como de buenos ejemplos de otras empresas que te ayudarán a mejorar tu relación con tus clientes.

Desde tugesto te traemos hoy un ejemplo de los derechos que la sociedad está reclamando como consumidor.

Servicio de protección de datos

Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios

Una de las primeras leyes aprobadas por el recién estrenado gobierno de Pedro Sánchez ha sido la Ley 4/2018 de 11 de junio, que entró en vigor el 12 del mismo mes. Esta nueva normativa viene a modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como la Ley 50/1980 de 8 de octubre del Contrato de Seguro

La finalidad del texto legal es asegurar la igualdad de oportunidades y eliminar la discriminación de personas portadoras del VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana, también conocido como SIDA), u otras condiciones de salud, en el ámbito de negocios jurídicos, prestaciones o servicios.

A rasgos generales, la nueva ley afectará a contratos de seguros y productos financieros sobre todo, que obligaban hasta ahora a las personas portadoras de esta enfermedad u otras como hepatitis C, diabéticos o intolerantes a la glucosa; a declararlo para acceder a sus productos o servicios, denegando en casos este acceso o encareciendo su precio. Ambas prácticas han quedado prohibidas por ley “salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente”.

Por lo tanto, serán nulas aquellas cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes, por tener VIH/SIDA u otras condiciones de salud.  Asimismo, será nula la renuncia a lo estipulado en esta disposición por la parte que tenga VIH/SIDA u otras condiciones de salud.

La propuesta legislativa llevaba años intentando superar las barreras del congreso y del senado, y por fin el Partido Socialista de Navarra, que fue el grupo que presentó el proyecto al Congreso de los Diputados, puede celebrar su victoria y la de miles de personas que, desde 1980, han venido sufriendo esta discriminación hoy ya descrita oficialmente como ‘injusta’ socialmente hablando. En tugesto queremos explicarte la trascendencia de esta ley y cómo podría afectar a tu negocio.

Qué tienes que saber

Si eres una de estas empresas que se ha visto afectada por esta ley, quizá te preguntes sobre qué justificaciones se basa la nueva normativa. Según el último informe sobre vigilancia epidemiológica del VIH y Sida en España (2016), que se publicó este año por el Día Mundial de la Lucha contra la Enfermedad, actualmente en España viven 145.000 personas con VIH (más de la población de algunas capitales españolas como Huelva, Salamanca o Lérida), y se estima que el 18% que lo padecen no ha sido diagnosticadas.
Así, España se sitúa en una tasa de 8,6 personas infectadas por cada 100.000 habitantes, superior a la media de la Unión Europea, dándose 10 nuevos diagnósticos al día.

Teniendo en cuenta el considerable volumen de personas que padecen esta enfermedad, la legislación se ha visto motivada por el hecho de que los usuarios han venido denunciando durante años la negativa de compañías de seguros de salud a ofrecerles servicio por el simple hecho de estar enfermos. Una situación tremendamente injusta si, además, tenemos en cuenta que sin un seguro de vida las entidades financieras de nuestro país no conceden hipotecas. Y sin llegar tan lejos, en la misma situación podían encontrarse quien quisiera financiar un coche, por ejemplo.

Las pólizas de seguro de vida de estos préstamos incluían artículos en los que se ponía como condición no haber padecido o padecer enfermedades como cáncer o tumores, una enfermedad endocrina, VIH y enfermedades asociadas, afecciones de corazón, accidente cardiovascular o hipertensión arterial; así como enfermedades psiquiátricas o pulmonares. Tampoco haber sido operado o haber sufrido un accidente.

Ahorra tiempo y dinero con nuestra gestión online

Nuevas leyes en el horizonte

Por la cantidad de enfermedades y condiciones que las aseguradoras han estado vetando durante tanto tiempo, la nueva ley da, además, un plazo de un año al Gobierno Central para presentar un proyecto de ley en el que se extienda esta aplicación a otras enfermedades respecto a las que pueda considerarse que se aplican los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas.

Discriminación también en otros ámbitos

En situaciones parecidas se han encontrado también personas que han denunciado despidos o la discriminación frente a la igualdad de condiciones para acceder a un puesto de trabajo por motivos de salud (sida, cáncer, epilepsia, obesidad).

Actualmente, la ley no permite a las empresas exigir pruebas del VIH a los trabajadores, pero en ocasiones se hace. Por otro lado, en las oposiciones al Cuerpo Nacional de Policía padecer una enfermedad de transmisión sexual continua siendo uno de los motivos de exclusión, entre otras muchas enfermedades bastante comunes como la epilepsia, jaquecas o malformaciones congénitas.

Por otra parte, si volvemos a ponernos en los ojos de los clientes, el Gobierno Español hace años que detecta que los seropositivos son discriminados en el trabajo, en los contratos de seguros pero también a la hora de acceder a un balneario, o para acceder a la universidad.

Qué hacer como empresa

Como asesores y abogados sabemos que todas las personas tienen derecho a las mismas oportunidades y a disfrutar de las mismas garantías en su día a día, tanto si son empleados como clientes/usuarios. Por lo tanto, hay que evitar las malas prácticas a la hora de seleccionar un nuevo empleado, y evitar despidos por estos motivos. Tampoco podemos negar un producto o servicio a un cliente por el hecho de ser portador de alguna infección si la ley no dice lo contrario.

Para cualquier duda sobre este asunto u otras consultas jurídicas sobre los derechos de los consumidores o cualquier otra área de tu negocio, ponte en contacto con nuestros abogados de una forma sencilla y cómoda: a través de nuestra plataforma donde podrás dejar tu consulta por escrito, adjuntar toda la documentación que quieras y recibir rápidamente la respuesta de un profesional experto en la materia.

Tarifa plana de contabilidad y fiscal

Autor

Encuentra más posts sobre estas temáticas
Recursos, guías y descuentos
Únete al Club de más de 8.000 gestioners

Suscríbete y forma parte del CLUB DE EMPRENDEDORES

Artículos, guías, recursos y consejos de expertos.

Promociones, publicidad e información de todos los servicios relacionados con tu emprendimiento.

Descarga gratis la plantilla para hacer una nómina

Descarga gratis

la plantilla para hacer

una nómina

Descarga gratis la plantilla para hacer una nómina

Descarga gratis

la plantilla para hacer

de cuadrante de trabajo

Descarga gratis la plantilla de cuadrante de trabajo

Descarga gratis la plantilla de cuadrante de trabajo

¿Quieres saber más?

Tenemos una propuesta para ti. Elimina y simplifica procesos tediosos con el software de nóminas y RRHH de tugesto. ¿Buscas una herramienta que te agilice las tareas administrativas?

Saber más
¡No te lo pierdas!
Posts relacionados
Recursos, guías y descuentos

Únete al Club de más de 8.000 gestioners

Suscríbete y forma parte del CLUB DE EMPRENDEDORES

Artículos, guías, recursos y consejos de expertos.

Promociones, publicidad e información de todos los servicios relacionados con tu emprendimiento.