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Trabajo a media jornada, ¿tengo derecho a paro?

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España es uno de los países donde más personas trabajan a tiempo parcial. En 2016, la cifra llegaba a 1,75 millones. Muchas personas que tienen un contrato a media jornada se hacen esta pregunta. ¿Trabajo a media jornada y derecho a paro? En tugesto te resolvemos las dudas.

Derecho a paro, si cumples los requisitos  

Existen unos requisitos para cobrar la prestación contributiva por desempleo que son iguales a todos los trabajadores. Trabajando a jornada completa o a media jornada, los requisitos son:

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  • Encontrarse en situación legal de desempleo

Esto contempla una serie de casos como:

    • Despido
    • Fin del contrato por fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario
    • Finalización de un contrato temporal (se termina el tiempo convenido o se finaliza la obra o servicio)
    • Despido por no superar el tiempo de prueba
    • Fin del período de tu actividad productiva
    • Suspensión o cese de la relación laboral por ser víctima de violencia de género.
    • Modificación de las condiciones de trabajo (horario, jornada laboral)
    • Traslado del centro de trabajo
    • Falta de pago o retraso continuado del pago del salario.
  • Debes estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo
  • Haber cotizado y trabajado al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo
  • No haber cumplido la edad de jubilación
  • No cobrar ninguna pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo

Haber cotizado 360 días 

Este es el requisito clave, el que genera dudas. Trabajo a media jornada, ¿tengo derecho a paro? ¿Debo cotizar 360 a 40 horas semanales? ¿Y si solo trabajo 4 horas al día? ¿O incluso menos? ¿Qué hacer para seguir cobrando el paro?

Las horas que has trabajado no van a repercutir en tu prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, sí lo van a hacer sobre la cuantía de la prestación a percibir.

Es decir, que si tienes 360 días trabajados, independientemente de las horas que hayas trabajado cada día, tienes derecho a paro.

Si has trabajado desde 360 días hasta 539 (dieciocho meses), tendrás derecho a 120 días de prestación (4 meses). El siguiente periodo va desde el año y medio hasta los dos años, por los que percibirías 180 días de paro (6 meses). Para más de dos años y hasta dos años y medio tienes derecho a 240 días (8 meses). Para tener un año de prestación deberás haber superado los 1080 días de cotización (3 años). El máximo son dos años de paro, únicamente disponibles para las personas con más de 6 años de cotización.

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Cuantía de la prestación media jornada

Si has trabajado a media jornada habrás cobrado, por lo general, menos que una persona que ha trabajado a jornada completa. Puesto que la cuantía se extrae de la base de cotización de los últimos 180 días, ésta será menor. Los primeros 180 días se cobra el 70%. A partir de ese día sólo se recibe 50% de la base.

Es importante en estos casos conocer la cuantía final, pues hay determinadas circunstancias en las que se puede cobrar el paso y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). También las diferencias entre paro y subsidio por desempleo, pues para este último es necesario un mínimo de 3 meses si la persona tiene responsabilidades familiares o 6 meses en caso contrario.

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