Desde el 2 de octubre de 2016 la Ley 39/2015 dictamina que es obligatorio (para ciertas personas que determinamos en el post) relacionarse con las Administraciones Públicas a través de las notificaciones telemáticas que encontramos en sus sedes electrónicas, las llamadas notificaciones de Hacienda (060). De ahí la importancia de nuestro post en cómo ver una notificación de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, casi dos años después de que esta ley entrara en vigor, muchas personas siguen sin revisar estos buzones. Consultar las notificaciones y comunicaciones emitidas es vital para estar al día de todo lo relacionado con nosotros y/o nuestro negocio.
En este post vamos a explicarte por qué te mereces un tirón de orejas si eres una de ellas. Concretamente, te hablamos de las terribles consecuencias de no estar al día en las notificaciones 060 de la Agencia Tributaria.
¿Quién tiene que revisar las notificaciones de Hacienda?
Antes de entrar en el asunto, comprueba quién está obligado a comprobar las notificaciones y quién no. También te adelantamos que puede darse de alta en este sistema cualquier ciudadano.
Puedes, por lo tanto, consultar quiénes están obligados a recibir las notificaciones y comunicación en la web de Hacienda.
Todas estas personas no tienen que darse de alta. La Agencia Tributaria lo hace por ti: el alta es automática.
¿Cómo ver una notificación de la Agencia Tributaria?
Si eres uno de los afortunados que tienen esta obligación, lo primero que tienes que saber es cómo acceder a revisar «mis notificaciones». Hacienda nos ofrece dos vías de acceso mediante ordenador:
- La DEH
- La sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Tanto para usar una como la otra debes hacerlo a través de esta dirección dentro de la web de la AEAT. Aquí encontrarás las opciones:
- Notificaciones electrónica mediante puesta a disposición en Dirección Electrónica Habilitada
- Acceso a notificaciones y comunicaciones de la AEAT
La DEH son las siglas de Dirección Electrónica Habilitada. Se trata de un servicio de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a través del cual puedes recibir notificaciones electrónicas de parte de todas las Administraciones Públicas. Para acceder, es obligatorio disponer de un certificado electrónico.
Si no tienes certificado digital, solicítalo en la web de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. En su sección “Certificación digital”.
Una vez lo solicites recibirás por correo un código, que a su vez deberás llevar a una oficina de Hacienda para firmar un documento que verifique que eres tú. Con esto, vuelves a la web de la Fábrica de la Moneda y Timbre y descargas tu certificado.
Otra vía de acceso a todas las notificaciones es mediante la Sede Electrónica de la AEAT. A ésta también se puede entrar a través del certificado electrónico, aunque también con el DNI electrónico, la Cl@ve PIN o mediante un número de referencia.
Lo que tenemos que hacer también es, una vez dentro, suscribirnos a los avisos de información tanto para recibir avisos en nuestro móvil vía SMS como para recibirlos en nuestro buzón de entrada del correo electrónico.
Tienes que suscribirte en esta dirección.
¿Por qué es tan importante revisar las notificaciones?
Si te has suscrito a las notificaciones vía mail y SMS, no tienes perdón si no las revisas. Es importante que estés al tanto porque los contribuyentes tenemos un periodo de 10 días naturales, desde la fecha de emisión, para acceder a la notificación.
Después de este tiempo comienza el plazo para contestar o recurrir dicha notificación. Estos plazos dependen de cada tipo de requerimiento o trámite. A partir de entonces tendremos también un plazo de 90 días para acceder a la notificación a través de la web de Hacienda.
Esto quiere decir que si no estás atento a estas notificaciones puede que se te pase el plazo para contestar o recurrir las mismas.
Y así podrás ver el resumen de notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria, muchas de ellas, recordemos, comunicaciones administrativas obligatorias. ¿Te ha parecido sencillo el post?