Hay muchas personas que reciben cartas ajenas en su domicilio. Las causas pueden ser diversas. Quizá las cartas son del antiguo dueño o inquilino de tu actual domicilio. Puede que alguien esté usando tu domicilio sin tu permiso.
De cualquier forma, seguro que te has preguntado muchas veces qué hacer con esta correspondencia. ¿La abro? ¿La guardo? ¿La tiro a la basura sin más? ¿Tengo que notificar algo a correos? ¿Y si es una multa? ¿O una citación judicial? ¿Es una carta de Hacienda? ¿Puedo meterme en algún problema?
Tranquilo/a, en tugesto te resolvemos todas las dudas sobre el recibo de cartas de otra persona.
¿Debo abrir las cartas de otra persona?
Esta es una de las dudas más planteadas. Recibo cartas de otra persona que no es mía pero la recibo en mi domicilio. ¿Tengo derecho a abrirla? Es más, ¿debo abrirla? La respuesta es simplemente no.
El art. 197.1 del Código Penal, sobre descubrimiento y revelación de secretos, señala que:
“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales […] será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y muta de doce a veinticuatro meses”.
Es decir, que abrir las cartas ajenas, aunque las recibas en tu domicilio, es delito. Claro que seguramente si ni siquiera conocemos a la persona destinataria de la carta, nuestra intención no sea descubrir sus secretos, pero sí estamos vulnerando su intimidad. Entonces, ¿qué hago?
Marca “Dirección incorrecta”
Otra opción que tienes es tirar la carta a la basura. Pero esto no es lo más recomendable, sobre todo si son multas o certificados de Hacienda, ya que seguirás recibiéndolas de por vida. Y el día que necesiten encontrar a esa persona, la policía acudirá a tu casa.
Una forma de intentar, y decimos intentar porque no siempre resulta efectiva, el problema, es devolver cada carta indicando que el destinatario no vive allí.
¿Cómo lo hacemos? Puedes escribir en el sobre algo como “El destinatario se ha mudado”, o “el destinatario nunca vivió aquí”. Si se trata de empresas grandes rara vez conseguirás que dejen de enviar correo, pero a las Administraciones Públicas les harás un favor, ya que así podrán empezar a buscar a esa persona en otras direcciones. A continuación, echa la carta al buzón de nuevo.
Si es un antiguo inquilino y sigue empadronado
Si después de realizar el paso anterior no has obtenido resultados, puedes probar otra cosa. Posiblemente, si se trata de un anterior inquilino o dueño de la propiedad, aún siga empadronado en tu domicilio.
Para solventar esto, acude al Ayuntamiento y explica la situación. En el Consistorio podrás gestionar las acciones oportunas para que se retire el empadronamiento.
Recuerda no abrir las cartas. Es delito.
Suplantación de dirección
Si lo que estás recibiendo es correspondencia de una personas totalmente desconocida, de la cual sabes que nunca vivió en ese domicilio, quizás te preguntes si puedes denunciar tal situación.
En primer lugar explicar que no se trata en ningún momento de suplantación de identidad. El susodicho no está usando tu nombre ni pretende hacerse pasar por ti.
No hay delito, por lo tanto, de suplantación de dirección como tal. En cualquier caso, la persona que está usando su dirección podrá tener problemas con las Administraciones Públicas por no informar de su dirección correcta. Pongamos el supuesto de que esta persona recibe una multa. Al no llegarle el aviso no podrá pagarla y se le aplicarán penalizaciones.