Ayer inauguramos el mes de julio, el séptimo mes del calendario gregoriano que hace que entremos de lleno en el verano y que tengamos que pensar en las nuevas obligaciones fiscales de este mes.
Tal y como se puede apreciar en el Calendario General del Contribuyente también es el mes de inicio del tercer trimestre fiscal de 2015, en el que te recordamos las fechas límite para presentar el balance de los distintos impuestos.
Hasta el 20 de julio de 2015
Renta y Sociedades
Hasta esa fecha se deberán presentar las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Para grandes empresas (modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230). Durante el segundo trimestre de 2015 se debe presentar con los (modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 136). Para pagos fraccionados en Renta en estimación directa necesitaremos el (modelo 130) y para la estimación objetiva el (modelo 131)
Impuesto sobre las primas de seguros
La presentación de este impuesto se hará con el modelo 430.
Impuestos medioambientales
La presentación de este impuesto se hará para el pago fraccionado con el (modelo 584, 585)
IVA
Se presentarán los modelos fiscales del IVA con los siguientes modelos, Autoliquidación (modelo 303), Grupo de entidades, modelo individual (modelo 322), Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones (modelo 340), Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349), Grupo de entidades, modelo agregado (modelo 353) y Operaciones asimiladas a las importaciones (modelo 380). Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales (modelo 308), Reintegro de compensaciones en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (modelo 341).
Hasta el 27 de julio de 2015
Tendremos hasta esa fecha para pagar el Impuesto sobre sociedades e impuesto sobre la renta de no residentes, es decir, establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. La Declaración anual 2014 la podrán presentar entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural con los (modelos 200, 220). Para el resto de entidades lo podrán realizar en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
Hasta el 31 de julio de 2015
Número de identificación fiscal
Se puede realizar el pago de Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito con el modelo 195.
Impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito
Se realizará la liquidación con un pago a cuenta con la Autoliquidación 2014 con el modelo 410.
Autónomos y pymes aquí tenéis las obligaciones fiscales para este mes de julio. Esperamos que os hayan servido de ayuda gestioners.