El miércoles comienza abril y con él el mes en el que se da el pistoletazo de salida a la campaña de la Declaración de la Renta 2015. A partir del martes, día 7, y hasta el 30 de junio podrás obtener tu borrador de la Renta y las declaraciones de Renta y Patrimonio 2014. En el caso de que el resultado del borrador de la Declaración de la Renta sea a ingresar con domiciliación en cuenta, la fecha límite de presentación será el 25 de junio.
A su vez, según el Calendario general del Contribuyente, debes tener presente las fechas de presentación de otros impuestos importantes para cumplir con todas las obligaciones fiscales que nos atañen como ciudadanos.
Para que no se te escape ningún plazo, te vamos a informar de todas las citas que se darán a cabo el cuarto mes del calendario gregoriano.
Desde el 07 de abril hasta el 30 de junio
Renta y Patrimonio
Presentación por Internet del borrador de Renta y de las declaraciones de Renta 2014 y Patrimonio 2014. Si el resultado del borrados es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo es hasta el 25 de junio.
Hasta el 20 de abril
Deberán presentarse antes de esta fecha los impuestos referentes al pago fraccionado y retenciones de la Renta y Sociedades, IVA, impuestos sobre las primas de seguro, impuestos especiales de fabricación y medioambientales.
Renta y Sociedades
Se deberán presentar las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Los modelos a presentar por las grandes empresas son 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
Además, los modelos referentes a los pagos fraccionados de la renta del primer trimestre son: por estimación directa el modelo 130 y por estimación objetiva el modelo 131.
Por último, los pagos fraccionados de sociedades y establecimientos permanentes de no residentes deberán presentar el modelo 202 en régimen general o el modelo 222 en régimen de consolidación fiscal.
IVA
se presentarán los modelos fiscales del IVA correspondientes al mes de marzo de 2015 como la Autoliquidación (modelo 303), Grupo de entidades, modelo individual (modelo 322), Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones (modelo 340), Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349), Grupo de entidades, modelo agregado (modelo 353) y Operaciones asimiladas a las importaciones (modelo 380).
También se deberán presentar los modelos especiales para la solicitud de determinadas actividades como el de Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos (modelo 368) y los modelos de solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales (modelo 308), el de reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (modelo 341), la declaración-liquidación no periódica (modelo 309), la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) y el modelo 380 de operaciones asimiladas a las importaciones.
Impuestos especiales de fabricación
Referentes a los meses de enero de 2015 para las grandes empresas con los modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562 y 563. Para los meses de marzo de 2015 con los modelos 560, 548, 566, 581, 570 y 580. En relación al primer trimestre de 2015, los modelos 521, 522 y 547; para las actividades V1, V2, V7, F1 y F2 el modelo 553; para las solicitudes de devolución los modelos 506, 507, 508, 524, 572 y, por último, los modelos 560, 582 y 595.
Impuestos sobre las primas de seguros
La presentación de este impuesto se hará con el modelo 430.
Impuestos medioambientales
Con los modelos 584 y 585 se hará la declaración del primer trimestre de este impuesto.
Hasta el 30 de abril
Número de identificación fiscal
Cuentas y operaciones cuyos titulares no hayan facilitado el NIF a las entidades de crédito tendrán hasta esta fecha para cumplimentar el modelo 195.
Hasta aquí todas las obligaciones fiscales para el mes de abril. Esperamos haberte facilitado esta tarea un poco más, ¡hasta mañana!