El 22 de septiembre de 2020 el Consejo de Ministros aprobó la nueva ley de teletrabajo en España, regulada en el Real Decreto-Ley 28/2020 de trabajo a distancia; en este post te contamos todas las novedades de esta nueva legislación.
¿Qué será considerado teletrabajo?
El objetivo de la nueva ley del teletrabajo es España es dar respuesta a las necesidades de esta modalidad laboral, especialmente tras su auge por la declaración del Estado de Alarma en España a causa de la COVID-19.
Según esta nueva norma legislativa, se considera teletrabajo regular cuando alcanza, al menos, el 30% de la jornada o el porcentaje equivalente a la duración del contrato de trabajo; en otras palabras, cuando se realiza la actividad laboral en casa, como mínimo 2 días a la semana durante, al menos, 3 meses.
Esta ley entró en vigor a los “20 días” posteriores de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en lugar del día siguiente que es lo habitual; además, las empresas disponen de un plazo de 3 meses para aplicar el teletrabajo y un tiempo de 1 a 3 años para aquellas que apliquen el teletrabajo en función de un convenio colectivo.
Del mismo modo, la entidad que vaya a implantarlo debe entregar una copia de todos los acuerdos al comité de empresa y este tendrá un plazo de 10 días para firmarlo; una vez hecho, se debe enviar una copia a la oficina de empleo, todo ello antes de 3 meses.
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Diferencias entre trabajo a distancia, teletrabajo y trabajo presencial
La nueva legislación diferencia trabajo a distancia, teletrabajo y trabajo presencial:
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- Trabajo a distancia: el empleado realiza su actividad laboral, o parte de ella, en su domicilio o en el lugar que decida de forma habitual.
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- Teletrabajo: la actividad laboral se realiza exclusivamente a través de medios y sistemas informáticos y telemáticos.
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- Trabajo presencial: la actividad laboral se realiza en el centro de trabajo o en el lugar que la empresa haya determinado.
Aspectos clave de la nueva ley que regula el teletrabajo en España
A continuación te mostramos algunos factores que debes saber sobre la nueva ley del teletrabajo en España:
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- Derecho a la desconexión digital: la tecnología hace que los usuarios puedan estar conectados durante la mayor parte del día; este derecho garantiza que tus trabajadores no puedan ser interrumpidos durante sus períodos de descanso y, además, se garantiza el respeto de la duración máxima de su jornada laboral.
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- Derecho a la intimidad: como empresa, puedes realizar los controles telemáticos necesarios pero, en cualquier caso, se debe garantizar la intimidad y protección de datos personales de tus trabajadores; por ello, no se pueden instalar aplicaciones en los propios dispositivos de tus empleados y, además, no se puede solicitar su uso para la realización del teletrabajo.
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- Compensación económica por tiempo trabajado: se debe llevar a cabo un registro de jornada adecuado, para reflejar el tiempo que tus trabajadores dedican a su trabajo; en él, es importante que se incluya la hora de inicio, fin y los tramos de actividad.
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- Sueldo: los teletrabajadores deben cobrar, como mínimo, el salario que les corresponde por su categoría profesional o por la actividad realizada, incluidos los beneficios pertinentes que la empresa entrega a los trabajadores presenciales.
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- Gastos a cargo de la empresa: el empresario debe hacer frente a los costes que supone el equipo, las herramientas y los medios que se utilizan para desarrollar la actividad laboral.
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- Garantía de comunicación e integración: debes garantizar los derechos de conciliación y debes garantizar la participación y acceso a las actividades formativas de tus empleados.
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- Igual trato: los profesionales que desarrollan su actividad como teletrabajo tienen los mismos derechos que los que acuden a tus oficinas.
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- Medidas preventivas: es fundamental realizar una evaluación de riesgos de los teletrabajadores, teniendo en cuenta factores ergonómicos, psicosociales y organizativos, como el diseño del lugar de trabajo o la relación entre la persona y el ambiente laboral.
Derecho al trabajo a distancia ocasional
En algunas ocasiones, los trabajadores no pueden acudir a la oficina a realizar su actividad laboral; por eso, esta ley regula los derechos de los empleados a trabajar a distancia de forma ocasional en algunos casos:
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- Fuerza mayor familiar: enfermedad o accidente de un familiar de hasta segundo grado, pareja de hecho o cónyuge, siempre que sea imprescindible que el trabajador esté presente. En este caso, es posible realizar hasta un 60% de la jornada a distancia hasta que dure esta situación.
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- Fuerza mayor empresarial: en caso de fuerza mayor.
En definitiva, la nueva ley del teletrabajo en España ofrece los mismos derechos a los empleados que llevan a cabo esta modalidad laboral que aquellos que realizan su trabajo en el lugar determinado por la empresa.
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- Voluntariedad: voluntario para la empresa y para tus trabajadores; siempre se puede revertir y no puede ser causa de despido si el empleado no quiere hacerlo. Además, los trabajadores que realizan su actividad a distancia desde el principio de su relación laboral con la empresa tiene preferencia para optar por una vacante presencial.
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- Días de teletrabajo: los empleados pueden trabajar a distancia un 30% de su jornada semanal; es decir, 2 días a la semana. Además, para que sea recurrente debe realizarse durante, al menos, 3 meses.
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- Control: la empresa puede adoptar medidas para comprobar que los empleados están cumpliendo con sus obligaciones legales.
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- Horario flexible: los teletrabajadores pueden tener un horario flexible pero, en cualquier caso, deben realizar un fiel registro de la jornada en la que se marquen las horas trabajadas.
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- Instalación de un software de RRHH: es fundamental disponer de un nuevo sistema que permita un control horario, de documentación, vacaciones y asignación de tareas acorde a la modalidad del teletrabajo.
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- Límites: los trabajadores menores de 18 años, así como aquellos con un contrato formativo o de prácticas, tienen establecidos unos límites para la realización del teletrabajo; además, la ley no regula los teletrabajos esporádicos ni aquellos que empleados que realizan su actividad laboral en casa un día a la semana. De ahí la importancia de formalizar por escrito el contrato con todas estas cuestiones.
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- Trabajadores públicos: los empleados de la administración pública no se verán afectados por esta nueva legislación, ya que se rigen por un marco básico propio.
Derechos y obligaciones
A continuación te mostramos los derechos y obligaciones laborales más importantes para los trabajadores y los empresarios que se encuentran incluidos en la nueva ley que regula el teletrabajo en España. Estos son los principales derechos de los trabajadores que desarrollan su actividad laboral por medio de la opción del teletrabajo:
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- Derecho a la desconexión digital: la tecnología hace que los usuarios puedan estar conectados durante la mayor parte del día; este derecho garantiza que tus trabajadores no puedan ser interrumpidos durante sus períodos de descanso y, además, se garantiza el respeto de la duración máxima de su jornada laboral.
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- Derecho a la intimidad: como empresa, puedes realizar los controles telemáticos necesarios pero, en cualquier caso, se debe garantizar la intimidad y protección de datos personales de tus trabajadores; por ello, no se pueden instalar aplicaciones en los propios dispositivos de tus empleados y, además, no se puede solicitar su uso para la realización del teletrabajo.
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- Compensación económica por tiempo trabajado: se debe llevar a cabo un registro de jornada adecuado, para reflejar el tiempo que tus trabajadores dedican a su trabajo; en él, es importante que se incluya la hora de inicio, fin y los tramos de actividad.
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- Sueldo: los teletrabajadores deben cobrar, como mínimo, el salario que les corresponde por su categoría profesional o por la actividad realizada, incluidos los beneficios pertinentes que la empresa entrega a los trabajadores presenciales.
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- Gastos a cargo de la empresa: el empresario debe hacer frente a los costes que supone el equipo, las herramientas y los medios que se utilizan para desarrollar la actividad laboral.
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- Garantía de comunicación e integración: debes garantizar los derechos de conciliación y debes garantizar la participación y acceso a las actividades formativas de tus empleados.
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- Igual trato: los profesionales que desarrollan su actividad como teletrabajo tienen los mismos derechos que los que acuden a tus oficinas.
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- Medidas preventivas: es fundamental realizar una evaluación de riesgos de los teletrabajadores, teniendo en cuenta factores ergonómicos, psicosociales y organizativos, como el diseño del lugar de trabajo o la relación entre la persona y el ambiente laboral.
Derecho al trabajo a distancia ocasional
En algunas ocasiones, los trabajadores no pueden acudir a la oficina a realizar su actividad laboral; por eso, esta ley regula los derechos de los empleados a trabajar a distancia de forma ocasional en algunos casos:
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- Fuerza mayor familiar: enfermedad o accidente de un familiar de hasta segundo grado, pareja de hecho o cónyuge, siempre que sea imprescindible que el trabajador esté presente. En este caso, es posible realizar hasta un 60% de la jornada a distancia hasta que dure esta situación.
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- Fuerza mayor empresarial: en caso de fuerza mayor.
En definitiva, la nueva ley del teletrabajo en España ofrece los mismos derechos a los empleados que llevan a cabo esta modalidad laboral que aquellos que realizan su trabajo en el lugar determinado por la empresa.