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¿Qué es el mobbing laboral? ¿Cuáles son los tipos y síntomas?

Laboral

Tabla de contenidos

El término mobbing es un anglicismo que se ha asentado en nuestra lengua y cuya traducción al español es acosar, asediar, acorralar en grupo. Si nos preguntamos en mayor medida qué es el mobbing laboral, o lo que significa, diríamos que se usa en nuestro vocabulario para hacer referencia al acoso en el trabajo.

Un comportamiento que está cada vez más extendido en la sociedad actual y que puede llegar a acabar con la dignidad y la autoestima de una persona.

A continuación, vamos a explicar en qué consiste el acoso laboral, cuáles son sus tipos y cómo detectarlo a tiempo para poder ayudar a esa persona que lo está sufriendo.

¿Qué es el mobbing laboral?

Como acabamos de comentar, desde hace unos años se utiliza la palabra mobbing para calificar comportamientos de acoso psicológico en el trabajo.

Este tipo de conductas suelen ser realizados por una o varias personas hacia un compañero, que normalmente suele estar en la misma escala laboral que el acosador.

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Más adelante analizaremos las modalidades o tipos de mobbing laboral, aunque ya os adelantamos que no solo se produce entre compañeros que tienen el mismo rango dentro de la empresa.

Normalmente el acoso laboral se centra en una persona que forma parte de la plantilla de una empresa. El acosador suele mostrar un comportamiento abusivo hacia el acosado, haciéndole sentir mal psicológicamente para tratar de acabar con su autoestima.

Se trata de un comportamiento discriminatorio hacia el acosado quien puede llegar a sentirse incluso humillado.

El acosado pierde la autoestima y se degrada moralmente, lo que puede llegar a desencadenar, en ocasiones, en enfermedades como la ansiedad, la depresión o el estrés, entre otras.

Además, habitualmente el trabajador asediado suele bajar su rendimiento en el trabajo, así como en su vida familiar, debido a la enorme carga psicológica que soporta.

Las causas de que una persona llegue a ejercer mobbing contra otra son múltiples. Los motivos pueden ir desde simple envidia, o celos laborales, hasta discriminación por razón de sexo, raza o creencias, entre otros.

Tipos de mobbing laboral

El mobbing o acoso laboral puede llevarse a cabo en 2 modalidades distintas, dependiendo de quién es la persona que ejerce el acoso. Estas modalidades son:

  • Mobbing horizontal

El acoso laboral es horizontal cuando el acosador y el acosado están al mismo nivel profesional en la empresa. En definitiva, son compañeros estrictamente hablando. En este supuesto el acosado puede sufrir el mobbing por parte de un compañero o de varios de ellos. Normalmente suele hacerse el vacío a esa persona. Los motivos que llevan al acosador a comportarse así pueden ser muy variados, desde envidia laboral  hasta por mera discriminación para que abandone la empresa.

  • Mobbing vertical

En este caso el acoso se produce por parte de un trabajador superior hacia un subordinado suyo. El superior aprovecha precisamente esta situación de mayor responsabilidad para colocarse por encima del acosado. De este modo humilla a su víctima del acoso laboral y le puede llegar a hundir moralmente desde una posición más alta. En ocasiones, incluso, puede tratarse de que la intención del superior sea que el trabajador asediado presente la baja voluntaria y abandone la empresa.

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Síntomas para identificar el mobbing o acoso laboral

Suele ocurrir que la persona que está sufriendo mobbing por parte de un compañero no llegue a ser consciente, en realidad, de lo que le está ocurriendo.

Esto puede darse porque el acosado se encuentre en una situación de tal presión o estrés que no llegue a identificar que eso le pueda ocurrir a él.

Además el acosado va perdiendo poco a poco su dignidad y por tanto su interés en sí mismo, lo que puede llevarle incluso a culparse a sí mismo. Esto hace que, entre otras cosas, se entorpezca al acceso de promociones internas.

En este sentido, vamos a enumerar a continuación algunas claves para reconocer o identificar si existe acoso laboral:

  • El superior evita la comunicación con una persona en concreto.
  • Sentirse ignorado o excluido. Los compañeros le hacen el vacío de manera constante.
  • Trabas a la hora de expresarse.
  • Cambios de humor.
  • Ausencia de valoración de los logros obtenidos por el trabajador. Recibir críticas constantemente.
  • Sentirse humillado públicamente.
  • Recepción de amenazas por escrito, telefónicas, o incluso verbales.
  • Privación de información necesaria para desarrollar el trabajo adecuadamente.
  • Insinuaciones o propuestas sexuales de manera directa o indirectamente.
  • Valoraciones inadecuadas e improcedentes sobre la vida personal del trabajador.
  • Fatiga, cambios de personalidad e hipervigilancia.
  • Cualquier decisión que el trabajador tome en materia laboral es reprochada y penalizada, lo que paraliza su iniciativa.
  • Violencia psicológica injustificada, sistemática y continuada.

Protección legal frente al mobbing

Desde hace años el acoso laboral es delito según nuestro Código Penal. Está contemplado en el artículo 173.1 del texto legal.

El precepto establece que «el que infrinja un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de 6 meses a 2 años de presión.«

La pena prevista, y que acabamos de citar, se hace extensible a quienes ejercen dicho trato cuando éste se produce en un ambiente de trabajo.

El añadido, que hace alusión expresa al acoso laboral, se introdujo con Ley Orgánica 5/2010 con la que se modificó nuestro Código Penal, vigente desde el año 1995.

La extensión añadida establece literalmente, en referencia al mobbing laboral, lo siguiente: «Con la misma pena se castigará a quienes en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad realicen contra otro actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.«

Por otro lado, cabe mencionar que en el artículo 18.1 de nuestra Constitución Española se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Lo que se considera un derecho fundamental que tenemos todos los españoles.

En este sentido, no cabe duda de que el acoso laboral atenta contra el honor de quien lo está sufriendo perjudicando el clima laboral. Pues genera un vacío en su dignidad producido por el acoso moral.

Necesidad de actuar cuando se detecta mobbing laboral

Como hemos visto el mobbing está contemplado en nuestra legislación como delito. Es por ello que si se identifica un comportamiento de este tipo hay que denunciarlo.

La situación suele ser complicada en ocasiones porque, puede ocurrir, que el acosador sea también el jefe de la persona que detecta el acoso hacia un compañero suyo.

Cuando esto ocurre aquel que detecta el acoso tiene miedo de denunciarlo por si pierde su trabajo, lo que también les suele ocurrir a las propias víctimas.

La mayoría son reticentes a denunciar a sus acosadores por miedo a que no les crean y además quedarse sin empleo.

Pero lo cierto es que no podemos dejar que estas conductas ocurran a nuestro alrededor y mantenernos al margen. Tampoco el propio acosado debe tener miedo a denunciar lo que le ocurre.

Para no confundirse se pueden consultar los síntomas detectados con algún profesional como un psicólogo u otro experto en la materia. Si se confirma que hay mobbing hay que denunciarlo y poner remedio.

Desde tugesto, como abogados y asesores online, estamos a vuestra disposición si necesitáis cualquier tipo de asesoramiento al respecto.

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