La gestión de la Incapacidad Temporal (IT) ha dejado de ser un mero trámite administrativo para convertirse en un desafío de precisión financiera para las empresas españolas. En 2026, la convergencia de la nueva cotización de solidaridad, el incremento del MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) y la estabilización del SMI en 1.221 € (en 14 pagas) obliga a los departamentos de RR.HH. a revisar sus hojas de cálculo.
En este artículo desglosamos el impacto real de los tramos de cotización adicionales y los nuevos criterios de las Mutuas en el cálculo de la base reguladora.
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Los pilares del cálculo en 2026: Lo que ha cambiado
Para calcular correctamente una nómina con baja por enfermedad común o accidente laboral este año, debemos integrar tres variables críticas:
- El MEI al 0,90%: Este impuesto finalista alcanza su pico de progresión. El reparto se sitúa en un 0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del trabajador.
- Base Máxima de Cotización: Se ha consolidado en 5.101,20 € mensuales.
- Cuota de Solidaridad: Para salarios que superan la base máxima, se aplican tipos adicionales (desde el 1,15% hasta el 1,46%), lo que afecta indirectamente al coste de empresa durante el periodo de IT.
Paso a paso: El proceso de cálculo
La estructura de la nómina se divide en dos tramos: los días trabajados y los días en situación de IT.
Determinación de la Base Reguladora (BR)
La BR es el motor del cálculo. Para un trabajador con salario mensual, se utiliza la base de cotización de contingencias comunes del mes anterior a la baja dividida por 30.
Nota Geo-Legislativa: En 2026, tras el acuerdo con los agentes sociales, se ha unificado el criterio para contratos a tiempo parcial: si el trabajador estaba al 100% de jornada en la fecha del hecho causante, se aplica el cálculo de jornada completa, eliminando la discriminación por parcialidad histórica.
Aplicación de porcentajes por tramos (Enfermedad Común)
Si la baja es por contingencias comunes, el subsidio se distribuye así:
- Días 1 a 3: 0% (salvo mejora por convenio). Sin pago.
- Días 4 a 15: 60% de la BR. El pago corre exclusivamente a cargo de la empresa.
- Días 16 a 20: 60% de la BR. Pago delegado (paga la empresa, pero lo compensa en los seguros sociales).
- Día 21 en adelante: 75% de la BR. Pago delegado por la Mutua o el INSS.
Ejemplo práctico: Caso real 2026
Imaginemos un administrativo con una base de cotización de 2.100 € que causa baja por gripe del 1 al 20 de marzo (20 días).
- Base Diaria: 2.100 / 30 = 70 €
- Días 1-3: 0 €
- Días 4-15 (12 días al 60%)
- Días 16-20 (5 días al 60%)
Total Subsidio IT: $714 €$. A esto habría que sumar el salario de los 11 días restantes trabajados en marzo.
La diferencia competitiva: El impacto del Complemento de IT
Muchos convenios obligan a complementar hasta el 100% del salario real. Si tu empresa complementa al 100%, debes calcular la diferencia entre el subsidio legal y lo que el trabajador cobraría en activo.
Atención: Este complemento cotiza a la Seguridad Social, aumentando la base de cotización de ese mes, lo que puede elevar ligeramente el coste del MEI y la cuota de solidaridad si el perfil es de alta dirección.
Cotización durante la baja: ¿Quién paga qué?
Un error común es pensar que, si el trabajador no «produce», la empresa no cotiza. Nada más lejos de la realidad. Durante la IT:
- La empresa mantiene la obligación de cotizar por la aportación empresarial (contingencias comunes, profesionales, desempleo, MEI y solidaridad).
- El trabajador sigue cotizando su parte, que se deduce directamente de su subsidio.



