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¿Puede un autónomo en España facturar a una empresa de Andorra?

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Si eres autónomo/a en España y estás pensando en trabajar con clientes internacionales, es muy probable que en algún momento te preguntes si puedes facturar legalmente a una empresa de Andorra.

La respuesta breve es sí, pero hay ciertos aspectos fiscales y administrativos que debes conocer para hacerlo correctamente y evitar problemas con Hacienda.

En este artículo explicamos cómo facturar a una empresa andorrana, qué ocurre con el IVA, cómo tributan esos ingresos y qué debes tener en cuenta como autónomo/a.

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¿Es legal facturar a una empresa de Andorra siendo autónomo/a?

Sí. Es totalmente legal. Un/a autónomo/a en España puede prestar servicios o vender productos a una empresa situada en Andorra, siempre que la actividad sea real y esté relacionada con su epígrafe del IAE.

No existe ninguna prohibición para trabajar con empresas andorranas, pero hay que tener en cuenta que el país vecino no pertenece a la Unión Europea. Este hecho, implica diferencias importantes a nivel fiscal, especialmente por lo que respecta al IVA.

¿Cómo se factura el IVA a una empresa de Andorra?

Este es uno de los aspectos más importantes. Al no ser Andorra un país de la UE, la operación se considera como exportación de servicios o bienes, según el caso.

En el supuesto de que prestes servicios, en la mayoría de los casos no se aplica IVA español en la factura. La factura se emite sin IVA, indicando una mención como: “operación no sujeta a IVA según el artículo 69 de la Ley del IVA. Cliente fuera de la UE.”

La empresa andorrana será la responsable de tributar el impuesto equivalente en su país si procede.

En el caso de que vendas productos, se trata de una exportación de bienes, también exenta de IVA, pero se necesita un Documento único Administrativo (DUA) y un Justificante de salida de mercancías del territorio español.

¿Qué datos debe incluir la factura?

La factura a una empresa en Andorra deberá incluir los mismos datos básicos que cualquier factura, con ciertos matices:

  • Datos completos del autónomo/a (nombre, NIF, dirección)
  • Datos completos de la empresa andorrana
  • Número y fecha de factura
  • Descripción detallada del servicio o producto
  • Base imponible
  • IVA: 0 €
  • Mención legal indicando por qué no se aplica IVA
  • Importe total

No es necesario incluir un VAT number europeo, puesto que Andorra no se encuentra en el VIES.

¿Cómo tributan estos ingresos en España?

Aunque no lleven IVA, los ingresos sí tributan en el IRPF. Es decir, se deben incluir en la declaración trimestral de IRPF (Modelo 130 o 131). También en tu declaración anual de la renta. A efectos fiscales, Hacienda considera estos ingresos igual que cualquier otro ingreso profesional.

¿Hay que declarar estas facturas en algún modelo adicional?

Todo ello dependerá del tipo de operación. En servicios, normalmente no requieren modelos adicionales. Por lo que respecta a venta de bienes, puede requerirse documentación aduanera. No se presenta modelo 349 (solo es para operaciones intracomunitarias). Siempre es recomendable consultar con asesores expertos si las cantidades son elevadas o recurrentes.

¿Es preferible tener un contrato con la empresa andorrana?

No es obligatorio, pero sí muy recomendable. Un contrato mercantil contribuye a justificar la relación profesional, evitar problemas con falsa residencia o dependencia económica y para aportar seguridad jurídica ante una inspección. Especialmente importa si se trabaja de forma continuada con la misma empresa.

Estos son los errores comunes que se deben evitar

Aplicar IVA español por error, no incluir mención legal en la factura, no declarar los ingresos en IRPF y pensar que “al ser Andorra” no hay que declarar. Facturar mal podría acarrear sanciones y regularizaciones.

Conclusión

Si eres autónomo/a en España, puedes facturar sin problema a una empresa de Andorra, siempre que cumplas con la normativa fiscal. La clave está en emitir la factura correctamente, no aplicar IVA cuando no corresponda y declarar los ingresos en tu IRPF.

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