La realidad sobre las ayudas o subsidios por desempleo es que siempre hay que cumplir una serie de requisitos en mayor o menor grado. Asimismo, no hay que confundir la ayuda o el subsidio con la prestación contributiva, que es lo que conocemos como la prestación por desempleo de toda la vida. En este post en concreto te contamos los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo.
Como norma general, para conocer cuál es la renta máxima para cobrar ayudas por desempleo hay que guiarse por el Salario Mínimo Interprofesional. De esa manera, no se puede superar el 75% del SIM. Si además eres autónomo puedes solicitar otra ayuda, la bonificación para conciliar tu vida familiar y profesional.
Pero, y si quiero solicitar la ayuda o el subsidio por desempleo y tengo algún tipo de ingreso…
¿Qué ingresos no se van a considerar rentas?
Te mostramos en 7 puntos las retribuciones que no cuentan como rentas y que se pueden combinar con ayudas y subsidios por desempleo:
- Las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.
- El importe de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio Especial con la Administración de la Seguridad Social.
- Las prestaciones por desempleo del solicitante.
- El importe de la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo.
- Los salarios de trabajos de colaboración social y de trabajos compatibles con Programas de Fomento de Empleo.
- El cobro anticipado de la deducción fiscal a la mujer trabajadora por hijos menores de 3 años.
- En caso de la renta agraria y del subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los ingresos derivados del trabajo como empleados agrarios por cuenta ajena fijo discontinuo, inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional tampoco se contaría como renta.
Toma nota de los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo
Por otro lado, vamos a detallar lo que sí se consideran rentas con el objetivo de que puedas conocer si eres el candidato idóneo para solicitar una ayuda por desempleo.
Rendimientos del trabajo
Incluyen las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares.
Pensiones y prestaciones
Se consideran rentas los ingresos brutos de todo tipo de prestaciones y pensiones, (pensiones de la Seguridad Social) y también las pensiones alimenticias, los salarios sociales…
Rentas del capital mobiliario
Incluyen los rendimientos brutos de las distintas cuentas bancarias e inversiones financieras (acciones, obligaciones, etc.)
Rentas del capital inmobiliario
Incluyen los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados y las imputaciones de rentas de aquellos no arrendados, diferentes de la vivienda actual.
Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias
Se computa como rentas el rendimiento neto reducido de los distintos tipos de actividades
Las rentas de plusvalías o las ganancias patrimoniales
Estas rentas serían derivadas de la venta de bienes mobiliarios, premios de loterías o las que provengan de la venta de bienes inmuebles.
El rendimiento presunto de aquellos bienes del patrimonio
Se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 100% del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien.
Si después de leer el post aún tienes dudas respecto a si tienes derecho a obtener algún tipo de ayuda por desempleo o subsidio, no te preocupes.
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