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Todo sobre el periodo de prueba en los contratos de trabajo

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En otros posts te explicamos cómo entender un contrato de trabajo, o qué tipos de contratos existen. Hoy queremos explicarte en qué consiste el periodo de prueba en los contratos de trabajo.

Antes que nada, aclara que desde tugesto te explicaremos el periodo de prueba de acuerdo con lo que se indica en el Estatuto de los Trabajadores. ¿Por qué? Porque por norma general, si el convenio colectivo de cada sector no dice otra cosa, es la norma que se aplica.

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¿Qué es el periodo de prueba?

El periodo de prueba de un contrato de trabajo es un tiempo con una duración determinada. Siempre hemos de firmar este periodo por escrito y como parte de nuestro contrato. Su objetivo es dar tiempo a ambos para valorar la situación. Durante este periodo se deben llevar a cabo por ambas partes experiencias que constituyan objeto de prueba.

Como hemos señalado, a menos que se establezca algo diferente en el convenio colectivo, el periodo de prueba viene regulado por lo que dice el Estatuto de los Trabajadores.

Si durante el periodo de prueba se cumplen las expectativas por ambas partes, al finalizar la misma se formaliza el contrato. Pero, entonces, ¿en qué consiste legalmente el periodo de prueba? Legalmente este periodo confiere al trabajador y al empresario unos derechos y obligaciones.

En principio, durante el periodo de prueba de un contrato de trabajo se cumplen las mismas condiciones que en el contrato. Es decir, que el empleado tendrá mismo sueldo, mismo horario, mismas vacaciones, etc. El periodo de prueba cuenta como tiempo efectivo de la antigüedad del trabajador.

periodo de prueba de un contrato de trabajo

Despido o la baja voluntaria durante este periodo

Lo único que cambia son los derechos derivados de la resolución de la relación laboral. Se vuelve, en resumen, mucho más fácil para el empresario despedir al trabajador. Simplemente, con argumentar que no ha cumplido las expectativas y sin dar preaviso de 15 días.

El despido durante el periodo de pruebas da derecho a solicitar la situación legal de desempleo. Eso sí, siempre y cuando no se haya causado baja voluntaria del empleo anterior tres meses antes.

Por su parte, el trabajador también podrá rescindir el contrato por baja voluntaria sin dar el preaviso de 15 días. Este no es necesario durante el periodo de prueba, pero sí es necesario que el trabajador lo informe por escrito. 

En este sentido, el trabajador que sea despedido durante el periodo de prueba no tendrá derecho una indemnización, pero sí a que se le paguen los días de vacaciones no disfrutadas. Del mismo modo que tiene derecho a cobrar la proporción de las pagas extra, así como todas las horas trabajadas.

Recordamos que el periodo de prueba de un contrato siempre ha de ser remunerado y con alta en la Seguridad Social. No obstante, hay algunas empresas que actúan de forma ilegal e inmoral en este sentido. Es decir, que no remuneran a los trabajadores las horas trabajadas en este periodo. También hay casos en los que se actúa de forma ilegal al pedir a varias personas trabajar X horas para “probar” quién cumple mejor los requisitos del puesto. Y luego no se les remunera esas horas.

Interrupción del periodo de prueba

En ciertas circunstancias el periodo de prueba en los contratos se interrumpe. Estas circunstancias abarcan la incapacidad temporal, el riesgo durante el embarazo. También maternidad y paternidad, adopción o acogimiento.

Es decir, que si un trabajador es incapacitado temporalmente durante el periodo de prueba, se interrumpe hasta su reincorporación. Esto es así siempre que la empresa y el empleado lleguen a un acuerdo.

Plazos del periodo de prueba

Siempre y cuando en tu convenio colectivo aplicable no se establezca algo distinto, en el Estatuto de Trabajadores los plazos del periodo de prueba de un contrato de trabajo, según grupos, son:

    • El grupo de técnicos titulados no podrá firmar un periodo de prueba que exceda los 6 meses
    • Para quienes no sean técnicos titulados se dan dos situaciones: En empresas con más de 25 trabajadores, el periodo no puede superar los dos meses. En empresa con menos de 25, el limite son tres meses
    • En los contratos temporales con duración determinada inferior a 6 meses, el límite es un mes de periodo de prueba

 

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