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Europa dice SÍ la banca tiene que devolver el total de la cláusula suelo

Laboral

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Y por fin Europa se ha pronunciado. La esperada sentencia sobre la cláusula suelo fue dictada ayer por el Tribunal de Justicia de la Unión Europa y reconoce la devolución retroactiva de la mencionada disposición.

No son pocos los que habían perdido la fe en que esto ocurriese. De hecho, las informaciones que llegaban de Bruselas no eran muy halagüeñas para los consumidores, en este sentido.

El pasado mes de julio el Abogado General del Tribunal Comunitario, Paolo Mengozzi, se pronunciaba en contra de aceptar la retroactividad de la cláusula por las “repercusiones macroeconómicas”, que podía llegar a tener en nuestro país, donde la cláusula se ha aplicado masivamente desde 2009.

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Pero finalmente se ha hecho justicia, y la cláusula suelo es nula desde el inicio de su aplicación, según la resolución del TJUE, por lo que de nuevo se abre la puerta a reclamaciones por parte de los usuarios.

En el presente post te contamos qué conlleva la decisión del tribunal europeo y qué situaciones pueden darse a la hora de plantear la reclamación por parte de los usuarios.

La nulidad de la cláusula suelo

Han tenido que pasar 4 años para que la justicia europea de la razón los consumidores que han visto, con esta sentencia, reconocido su derecho a recuperar el dinero que el banco les cobra indebidamente desde la firma de su hipoteca.

El 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo reconocía la abusividad de la cláusula suelo y dictaminaba que se debía devolver el dinero a los usuarios, eso sí fijando el límite en la fecha en que se dictó su sentencia.

Desde entonces muchos afectados han logrado que el banco les devuelva lo cobrado por esta disposición, no sin antes librar una larga batalla judicial para conseguirlo.

Pero la alegría no era completa, ya que la cláusula se aplica desde 2009 y solo se había reconocido la devolución desde 2013.

Este ha sido el motivo de que la Sentencia del TJUE se haya esperado con tanta expectación.

Una vez más Europa ha tenido que intervenir para que los consumidores vean satisfechas sus demandas, como ya ocurrió con el caso del céntimo sanitario, en el que el Tribunal Supremo se pronunció con posterioridad a la resolución europea que daba la razón al demandante español.

Desde este momento las entidades bancarias están obligadas a retornar todo lo cobrado en concepto de esta cláusula, pero ya avisamos que no va a ser por voluntad propia.Devolución del céntimo Sanitarioo

¿Qué opina la banca?

El Banco de España ha afirmado que el importe a devolver por los bancos se aproxima a los 4.200 millones de Euros, lo que supone un impacto importante para el sector.

De hecho, algunas entidades afirmaban esta semana haber aprovisionado dinero de sus presupuestos para esta partida. En el caso del BBVA, concretamente, 404 millones de Euros.

Pero el camino no va a ser fácil para los afectados. El Ministro de Justicia, Rafael Catalá, hablaba ayer de la necesidad de «alcanzar pactos entre bancos y clientes» para solventar esta situación.

Sin embargo, las informaciones que llegan de la banca confirman que no se va a llevar a cabo la devolución por su parte de manera voluntaria, por lo que la batalla judicial continúa, pero eso sí, ahora con el respaldo de Europa.

Además del importe que deban devolver a los clientes afectados también tienen que hacer frente al pago de las costas judiciales, ya que si esperan a que sea el juzgado el que resuelva y lo hace en su contra, lo más probable es que se les condene al pago de las mismas.

Las entidades que han aplicado la cláusula suelo a sus clientes, además de BBVA, mencionado al inicio de este apartado, son: CaixaBank, Banco Sabadell, Banco Popular, Liberbank y Bankia.

Todas ellas se exponen a partir  de ahora a las demandas de sus clientes.

¿Cómo puedes reclamar?

Hasta el momento, los afectados por la aplicación de la cláusula suelo han tenido que acudir a los tribunales para ver satisfecha su reclamación.

Lo mismo ocurre ahora, si tu hipoteca tiene cláusula suelo y todavía no has reclamado su devolución al banco judicialmente, es el momento de que lo hagas.

En tugesto, como abogados online, llevamos años planteando este tipo de procesos y consiguiendo que nuestros clientes vean satisfechas sus reclamaciones y recuperen su dinero.

Por ello, no queremos que dejes de recuperar lo que es tuyo y si para ello confías en nosotros te facilitaremos el proceso para que sea lo menos perjudicial para ti.

Nuestros abogados se ocupan de:

  • Revisar la escritura de crédito de tu hipoteca, confirmar si efectivamente incluía la cláusula suelo y comprobar que la entidad bancaria ha cobrado cantidades indebidamente por este concepto.
  • Elaboración de un informe personalizado sobre la situación de la cláusula suelo en tu hipoteca.
  • Buscar la mejor solución. Presentación de la reclamación formal ante la entidad bancaria. Si es posible arreglarlo con un acuerdo extrajudicial con el banco esta es la primera opción.
  • Preparar la demanda, si finalmente es necesario.
  • Tratar tu caso concreto, con sus particularidades. En tugesto estamos convencidos de que ningún caso es igual en 2 personas.

Declarada nula la cláusula suelo de 40 bancos.

¿Qué ocurre con los que ya han reclamado?

Los afectados que ya hayan ganado la batalla judicial al banco ya tienen una sentencia firme que reconoce su derecho a la devolución de lo pagado por esta causa desde 2013.

En principio, estas personas no pueden volver a reclamar lo abonado al banco con anterioridad a 2013, en concepto de la cláusula suelo, por tener el objeto del proceso valor de cosa juzgada.

Pero lo cierto es que el derecho europeo es de obligada e inmediata aplicación en España, al igual que cualquiera de los países miembros, por lo que se genera un conflicto que habrán de resolver.

¿Y si el titular de la hipoteca es una empresa?

Si la hipoteca está a nombre de una empresa o autónomo también es posible reclamar judicialmente la devolución de lo abonado por la cláusula suelo.

Son muchas las sentencias que han reconocido este derecho a personas jurídicas por considerarlas también “consumidores”, y por tanto susceptibles de que se les aplicable la legislación sobre las condiciones generales de la contratación, al igual que si se tratase de una persona física.

Y es que la sentencia del Tribunal Europeo únicamente se refiere a los “consumidores” por lo que para que una empresa vea reconocida la nulidad de su cláusula suelo se tendrá que demostrar, en el proceso judicial, que ha actuado como consumidor y no como profesional.

Desde tugesto te recomendamos que no dejes pasar mucho tiempo para plantear tu reclamación. El proceso judicial suele ser lento y cuanto antes se inicie, antes llegará la resolución.

Nuestros abogados se ocuparán de analizar tu caso concreto y de darte la solución que mejor se adapte a tu situación y recuerda que también somos abogados online, por si no puedes desplazarte a nuestras oficinas.

Si tienes cualquier duda o consulta no olvides que puedes dejarnos un comentario al final de este post y te responderemos lo antes posible.

Infórmate sin compromiso y solicita ya tu informe gratis, donde se te informará de la situación de la cláusula suelo de tu hipoteca.

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