[Última actualización 02/2023] El salario mínimo interprofesional vuelve a subir este año un 8%. Llegará así a 1080€ euros mensuales en 14 pagas al año, 1260€ en 12. Esta subida del salario mínimo entra en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero.
Como algunos ya sabéis, el Gobierno va a subir el salario mínimo interprofesional a 1080 euros mensuales brutos. Se dio a conocer por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, el pasado martes 31 de enero. Esto supone una subida desde 1977 superior a un 25%.
Según está previsto, está medida se aplicará a partir del 1 de enero de 2023. Pero… ¿en qué consiste esta subida? Con esta nueva reforma, el importe del salario mínimo sube, será de 1080 euros para jornada completa si está medido en 14 pagas, o de 1.260 si se mide 12 pagas al año (con las pagas extras prorrateadas). Si el salario está medido por días será de 36 euros al día.
En el caso de que los Presupuestos no salieran adelante por falta de apoyos, la subida del SMI sí podría hacerlo. ¿Por qué? Porque no necesita estar incluida en los Presupuestos ni estar respaldada por el Congreso al ser un decreto de ley. En ese caso, sería el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el que tendría que decidir su aplicación.
¿Cómo afecta la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) si soy trabajador?
Si eres trabajador, este incremento solo te afecta si en tu actual contrato laboral, y en función de las horas semanales, estás cobrando el Salario Mínimo Interprofesional.
¿Cómo afecta como autónomo?
El incremento del SMI tiene una repercusión directa en las bases mínimas del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Esto supone que la actual base mínima pasaría a ser de 1.080 euros al mes.
Es decir, esta subida supondría pagar unos 30 euros más al mes.
¿Y si soy empresario?
Si eres el propietario de una empresa, probablemente te estarás preguntando en cómo te afecta este incremento. Estarás obligado a recalcular el salario de tus empleados que estén cobrando el salario mínimo.
Consulta en Cómo calcular el salario de tus empleados cómo realizar este cálculo teniendo en cuenta el actual salario mínimo y los convenios colectivos.
SMI y prestación por desempleo
Las personas que trabajen a tiempo parcial, y soliciten la prestación de desempleo, deberán demostrar que cobran menos del 75% del importe estipulado por el salario mínimo.
Si no tienes del todo claro cómo afecta la subida del salario mínimo en tu caso y deseas hacernos una consulta, nuestro departamento de abogados laborales están a tu disposición. Puedes contactarnos a través del correo electrónico [email protected] o llamando al 902 105 962.