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¿Es delito rayar un coche? ¿Cómo lo demuestro?

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La respuesta es sí, pero no en todos los casos. Rayar un coche forma parte de un delito de daños recogido en el Artículo 263 del Código Penal.

Dicho artículo dice así:

 C.P. Artículo 263.1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño.

Si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.

Este último párrafo se refiere a que si la cuantía de los daños no supera o no llega a los 400 euros, hablamos de falta, no delito.

Y no importa qué tipo de coche sea el tuya, ya sea de segunda mano eléctrico que nuevo o de gasolina. Y lo mismo para los que abollan el coche o les dan un golpe.

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Por lo tanto, ¿es delito rayar un coche?

Hay que distinguir en este punto entre aquellos que pueden rayar un coche no intencionadamente (por accidente), y quienes lo hacen de forma premeditada.

  • En el primer caso el conflicto se soluciona rellenando un parte amistoso que se remite a la compañía de seguros, encargándose siempre y cuando haya una cobertura de daños propios contemplada. No hay delito.
  • En el segundo caso (un vecino que nos tiene manía y nos raya el coche con sus llaves, por ejemplo), la cosa se puede complicar.

¿Cómo averiguar quién ha sido?

A quién no se le ha caído el alma al suelo al llegar al coche y encontrárselo rayado (sí, de lado a lado, y sabes que ha tenido que ser intencionado). Este sí es un delito de daños.

Por desgracia, en la mayoría de casos nunca llegamos a saber quién lo ha rayado. Puede que sospechemos del vecino. De algún compañero de trabajo. Incluso de un empleado. De una expareja en muchos casos. O quizá pensemos que haya sido una travesura de algún niño. ¿Qué costará dejar una nota con tus datos si no es intencionado?

Pero, cuando tenemos una sospecha bastante seria y fundada, ¿cómo demostrarlo si no lo vemos en el momento de cometer el acto delictivo?

Pide permiso a la comunidad de vecinos para poner cámaras

Si tenemos la certeza de que ha sido, por ejemplo, un vecino, porque el coche lo han rayado en el garaje comunitario o en la acera de enfrente, una buena opción es pedir a la comunidad que te dejen colocar cámaras de seguridad en el garaje o alrededor del perímetro comunitario.

No te mostrará quién fue porque las cámaras no estaban en el momento en el que te rayaron el coche, pero disuadirá a quien haya sido de repetir el acto en un futuro. Sin embargo, ten en cuenta que los vecinos pueden negarse a darte el permiso.

rayar un coche tugesto

Cámaras dentro del coche

Otras formas de vigilancia, que cada vez adoptan más personas, son los sistemas de vigilancia internos.

No habría, en este caso, necesidad de pedir permiso a la comunidad de vecinos ya que tu coche es propiedad privada tuya. Estos sistemas se colocan dentro de los retrovisores del propio vehículo. Las cámaras tienen un sensor de movimiento y se activan cuando alguien se acerca, gravando el perímetro de tu vehículo.

Lo mejor de esta opción es que las cámaras no son visibles para los malhechores. Podrás pillarlos in fraganti. Esta será, sin duda, la principal prueba en un posible juicio contra nuestro delincuente.

Multa por rayar un coche

Si finalmente conseguimos averiguar quién nos ha rayado el coche, y lo demostramos ante un juez. ¿Qué pasa luego?

El condenado deberá hacerse cargo de la reparación del coche (será delito si los daños superan los 400 euros). Pero además, deberá abonar una multa.

La multa se calcula de acuerdo a los daños ocasionados y de la renta de la víctima. Cuanto menor sea esta última, mayor será la multa.

La multa por rayar un coche se gestiona de acuerdo a un sistema de días-multa. Es decir, primero se fija un período de tiempo (máximo veinticuatro meses, mínimo seis). Y después la cuantía a pagar por día.

Por ejemplo, en un supuesto de aplicarse el mínimo tiempo (seis meses), la cuantía mínima por día de multa son 2 euros al día. Para conocer a cuánto asciende, por lo tanto, la multa, multiplicaríamos los días (6×30=180) por el dinero a pagar cada día (2€). En total, el condenado o condenada vendría a pagar 360 euros (pena mínima de daños).

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