Para que un autónomo pueda ejercer su actividad empresarial, el primer paso que tiene que dar es darse de alta en Hacienda. Las personas físicas que trabajan por cuenta propia tendrán que facilitar sus datos personales, la actividad que desempeñan, ubicación, contacto, etc. Esta información es lo que denominamos declaración censal, qué es nuestro negocio y a qué nos dedicamos. De esta depende los impuestos y modelos fiscales que tenemos que declarar y presentar. Todo ello, además, se encuentra recogido en la Ley General Tributaria.
¿Qué modelos fiscales afectan a todos los autónomos en España?
Según tu actividad empresarial y profesional tendrás que marcar alguno de los epígrafes en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Normalmente, los autónomos están libres del pago del IAE, tal y como se refleja en la declaración censal. En caso contrario, hay que presentar el modelo 840/848.2.
Toma nota de los modelos fiscales para autónomos.
A continuación, detallaremos los impuestos y modelos fiscales a los que se enfrentan los autónomos y que tienes que tener en cuenta. Importante: para los autónomos, los meses de enero, abril, julio y octubre son clave para la presentación de modelos fiscales, separados en cuatro pagos fraccionados.
De esta forma podrás encontrar todos los modelos en la misma página, a modo de calendario fiscal para tu día a día:
Modelo 111
Este modelo se utiliza para la declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta. Si tienes trabajadores contratados, subcontratas a otros profesionales autónomos que te emiten facturas con retenciones del IRPF.
Modelo 115
Si tienes alquilado un local u oficina cuya factura incluya retención.
Modelo 130
Pertenece a la declaración trimestral del IRPF. Tendrás que presentar este modelo si tributas por estimación directa o el 131 si lo haces por módulos.
Modelo 303
Para la declaración trimestral del IVA. Si como autónomo cotizas por módulos tendrás que presentar la parte relativa al régimen simplificado de IVA, repercutiendo un IVA a clientes que luego deberás devolver a Hacienda.
Modelos 180, 190 y 390
Concierne a las declaraciones resumen anual, de carácter informativo y recapitulativo. Se tienen que presentar en el mes de enero.
Modelo 347
Corresponde a la declaración anual de operaciones con terceros. Tendrás que indicar las personas, entidades, clientes o proveedores con los que hayas efectuado operaciones que hayan superado los 3.006 euros.
Modelo D-100
Para la declaración anual del IRPF.
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