Las declaraciones trimestrales de autónomos pueden ser un poco liosas si no tienes del todo claro los modelos y los plazos. Pero no te preocupes, en este post vamos a tratar esta cuestión.
Empecemos por situarnos. ¿Por qué hay que declarar trimestralmente? Se debe hacer porque los autónomos tienen la obligación de realizar declaraciones trimestrales a Hacienda.
En esas declaraciones se incluye una cuenta de gastos y ganancias para calcular el IVA que has recaudado haciendo de intermediario de Hacienda. Es decir, el IVA que has soportado con la compra de productos o servicios ligados a tu actividad económica.
Pongamos el caso de que como autónomo o trabajador por cuenta propia has facturado 10.000 euros y has cobrado un 21% de IVA. Eso significa que has recaudado 2.100 euros en IVA a las empresas (21% de 10.000).
Por otra parte, si has comprado productos por valor de 100 euros y esos productos venían gravados con un 21% de IVA, quiere decir que has pagado (21% de 100) 21 euros de IVA. Entonces, al hacer y presentar la declaración trimestral, deberías pagar 2.079 de IVA a Hacienda (2.100 – 21 euros). Esta es la forma de calcular el resultado total a pequeña escala y como ejemplo.
Declaración trimestral de autónomos: en qué consisten
Declaración trimestral del IVA
Deberás presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
Si cotizas en módulos y estás acogido al régimen simplificado de IVA, el impreso a presentar es el modelo 310 los tres primeros trimestres, y el modelo 311 el cuarto.
Declaración trimestral del IRPF
Deberás presentar el modelo 130 si tributas por estimación directa o el modelo 131 si tributas por módulos, hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta
En caso de haberlas efectuado, las más habituales son las retenciones por el IRPF que se efectúan en las nóminas de los trabajadores, las de las facturas de los profesionales independientes o sobre las rentas pagadas por alquileres.
Para las retenciones a trabajadores y profesionales independientes tendrás que declarar el modelo 111 y sobre las rentas pagadas por alquileres el modelo 115.
El plazo para presentarlas es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Recuerda que en tugesto.com nuestra plataforma presenta las declaraciones trimestrales de autónomos por ti. Si quieres despreocuparte de los plazos de los modelos fiscales, ponte en contacto con nosotros. Porque nos encargamos de facilitarle la vida a los autónomos. Recuerda, como consejo, para todas estas cuestiones contar con el certificado electrónico para agilizar los procesos.