El 5 de abril se abre el plazo para la presentación telemática de la Renta 2016. Mientras que, para el procedimiento presencial, habrá que esperar hasta el próximo 11 de mayo. La fecha límite de la campaña finalizará el 30 de junio, según recoge el Calendario General del contribuyente.
Los contribuyentes podrán acceder al borrador y a los datos fiscales desde el día 5 de abril, a través del Servicio de tramitación del borrador, utilizando alguno de los sistemas de acceso autorizados, esto es, con certificado electrónico reconocido (DNI), clave PIN o con el número de referencia. Corresponde con la casilla 440 de la Declaración de 2015, dónde podrán confirmar y presentar el borrador de declaración o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.
Este año el Programa Padre desaparece y se introduce el servicio Renta Web, que incluye a todos los declarantes. El sistema permite hacer la declaración de la Renta desde dispositivos móviles, tablets o smartphones y en distintos momentos. Significa que, como la información se almacena en el servidor de la Agencia Tributaria (AEAT) puedes comenzar el procedimiento en un dispositivo y finalizarlo en otro diferente.
Además del sistema de Renta Web, se utilizarán también los modelos 121 para deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo y el modelo 122.
¿Quiénes están obligados a hacer la Renta?
Están obligadas a hacer la Declaración quienes ingresan más de 22.000 euros de un solo pagador. Y cuando concurra cualquiera de las siguientes situaciones: 2ª y SS pagador no superen los 1.500 euros anuales.
Tras la reforma fiscal, el límite mínimo para realizar la Declaración de la Renta se fija en 12.000 euros para las personas que entren dentro de cuatro supuestos:
- Cuando los rendimientos de trabajo lleguen de más de un pagador y al sumar las cantidades del 2ª y SS pagador percibidas no superen los 1.500 euros anuales
- En caso de que la persona reciba algún tipo de pensión compensatoria del cónyuge o cualquier tipo de anualidad por año
- Cuando el pagador de rendimientos no esté obligado a retener
- Cuando se tienen rendimientos íntegros de trabajos fijos a retención
Por su parte, los contribuyentes que no están obligados que quieran recibir devolución de las retenciones o ingresos a cuenta aplicados también deben realizar la Declaración.
Desde tugesto te ayudamos a formalizar tu declaración de Renta 2016. Una vez dispongamos de toda la documentación, nuestros gestores se ocuparán del resto. Si tienes cualquier duda o consulta déjanos tu comentario.