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¿Cuál es la cantidad que se puede embargar de una nómina?

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Cuando cuentas con dificultades financieras o económicas y tus deudas se acumulan, puede ser que llegue un momento en que tus acreedores tomen medidas legales para recuperar lo que les debes: una de estas medidas es el embargo de tu salario. Sin embargo, en muchos países existen leyes que protegen cierta cantidad de tus ingresos de ser embargados, asegurando que puedas mantener un nivel básico de vida mientras cumples con tus obligaciones financieras. Por eso, en este artículo conoceremos cuál es la cantidad que se puede embargar de una nómina y todos los detalles al respecto.

Primero de todo: ¿qué es un embargo de nómina?

Un embargo de nómina es un procedimiento legal mediante el cual un acreedor, ya sea un organismo público (Hacienda, Seguridad Social) o un particular o entidad privada (empresa, banco), obtiene la retención de una parte del salario de un trabajador para cobrar una deuda pendiente.

Este proceso está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil y tiene como objetivo garantizar el cobro de las deudas sin perjudicar excesivamente al deudor.

Quién puede embargar la nómina

Solo la Administración Pública, un juez o una jueza pueden ordenar el embargo de un salario, previa notificación a la empresa del trabajador. La empresa, en calidad de tercer embargado, es la responsable de acatar la orden y efectuar la retención correspondiente.

Por tanto, ¿cuál es la cantidad que se puede embargar de una nómina?

¿Te suena el SMI, el Salario Mínimo Interprofesional? Sirve como línea de base para determinar cuánto se puede embargar de una nómina.

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Para garantizar un nivel mínimo de vida, este salario se ajusta cada determinado tiempo para adaptarse a las necesidades y momento en el que se encuentra la sociedad. Es por esto que, en caso de deuda, se deberá respetar esta cuantía mensual.

  • Primer tramo: equivalente al SMI (1.134€ en 2024), es inembargable.
  • Segundo tramo: te podrán embargar el 30% del sueldo entre el SMI y su doble (1.134€ y 2.268€).
  • Tercer tramo: te podrán embargar el 50% del sueldo entre los 2.268€ anterior y 3.402€.
  • Cuarto tramo: la cantidad a embargar será del 60% entre los 3.402€ y 4.536€.
  • Quinto tramo: podrán embargarte el 75% del tramo entre 4.536€ y 5.670€.
  • Sexto tramo: en este tramo, si tu sueldo excede los los 5.670€ podrás embargarte el 90% del tramo.

Si el trabajador tiene cargas familiares, la cantidad inembargable aumenta. Por cada persona a cargo (cónyuge, hijos menores, etc.) se añade un porcentaje del SMI a la cantidad inembargable, pudiendo rebajarse el embargo entre un 10-15%.

Para más información: En España, el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que la cantidad embargable del sueldo.

Cálculo de la parte inembargable

Para calcular esta parte inembargable de tu nómina, puedes seguir estos pasos:

  1. Determina el importe del SMI: Consulta el salario mínimo vigente en el momento del embargo.
  2. Aplica los porcentajes: Consulta la tabla de porcentajes de inembargabilidad por tramos y ten en cuenta las cargas familiares.
  3. Cálculo:
    • Sin cargas familiares: Salario inembargable = SMI.
    • Con cargas familiares: Salario inembargable = SMI + porcentaje por carga familiar

Ejemplo

Para verlo mejor, vamos a ejemplarizar este proceso con números redondos para comprender mejor cómo funciona este proceso.

Un trabajador con un salario de 1.500€, tendría un salario inembargable de:

  • SMI: 1.134€
  • El resto del salario es 366€, por lo que le quitarían el 30%= 109,8€
  • Salario inembargable para un salario de 1.500€: 109,8€

¿Qué se entiende por cargas familiares y cómo afectan al embargo?

Las cargas familiares son aquellas personas que dependen económicamente del trabajador, como cónyuge, hijos menores, ascendientes o hermanos con discapacidad. La cantidad que se puede restar por cada carga familiar está regulada por ley y se actualiza anualmente.

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¿Y si mi salario es inferior al SMI?

Si tu nómina es inferior al SMI, en principio no te pueden embargar nada.

Sin embargo, hay alguna excepción como si la deuda contraída con la Administración es por una prestación cobrada indebidamente. En este caso, el porcentaje embargable varía entre el 10-30%, en función a la cantidad.

Notificación de embargo y procedimiento: cómo actuar

El trabajador recibe una notificación de embargo donde se especifica la cantidad a embargar y el acreedor beneficiario. La empresa está obligada a cumplir con el embargo y descontar la cantidad correspondiente de la nómina del trabajador. El dinero retenido se entrega directamente al acreedor.

El procedimiento de embargo de nómina se inicia cuando el acreedor obtiene una resolución judicial a su favor. A partir de ahí, el acreedor puede solicitar al juzgado que se notifique el embargo a tu empresa. Una vez notificado el embargo, la empresa estará obligada a:

  • Retenerte la cantidad embargable de tu nómina
  • Ingresar la cantidad retenida al acreedor

¿Qué puedo hacer si me embargan la nómina?

Tienes derecho, en primer lugar, a solicitar que se recalcule la cantidad embargable, especialmente si tienes cargas familiares o si tu nómina es inferior al SMI.

Al mismo tiempo, también puedes pagar la deuda en su totalidad para evitar así que se lleve el embargo.

Otras de las cuestiones que puedes llevar a cabo es acudir a la Ley de Segunda Oportunidad en caso de encontrarte en una situación de insolvencia deudora para cancelarla y empezar de nuevo.

Recuerda que si estás atravesando en este momento por una situación así, puedes consultar con nuestros abogados para que resuelvas tus dudas y comenzar a trabajar en ello. Estamos a tu disposición para cualquier cuestión que pueda surgir.

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