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Baja laboral por gripe: todo lo que debes saber

Laboral

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Frío, lluvia y cambios de tiempo son el cóctel perfecto para que la gripe pueda hacer su aparición en nuestro organismo. A través de un estornudo o una tos producida por alguien que está a nuestro alrededor contagiada, puede transmitírnosla fácilmente. La gripe es una enfermedad que afecta al tracto respiratorio superior muy común durante los meses que abarcan de diciembre a marzo y puede producir la baja laboral por gripe. A día de hoy, encontramos hasta tres tipos de virus de la gripe: A, B y C.

En años anteriores, encontrábamos cómo la incidencia se asociaba al COVID-19, pero ahora la gripe está abarcando un mayor terreno. A principios de 2023, encontrábamos cómo la incidencia en España se encontraba en 240 casos por cada 100.000 habitantes con una capacidad de transmisión alta, por lo que se considera epidémica en gran parte del país.

¿Cuál es el cuadro clínico de la gripe por norma general?

Cada organismo es un mundo y responde de una manera diferente a cada enfermedad. En el caso de la gripe, observamos cómo el cuadro clínico tiende a ser leve, aunque hay ciertas personas que podrían experimentar algunas situaciones un tanto más complejas.

Existen grupos de riesgo de personas que conviene saber quiénes son. Nos referimos a quienes tienen un sistema inmune más debilitado, a los niños, los ancianos, personas inmunodeprimidas, embarazadas y quienes padezcan enfermedades cardiovasculares o pulmonares, entre otras.

Como indicábamos, el mes de invierno es el más crítico a la hora de hablar de la gripe, por lo que es posible que obligue a los trabajadores a ausentarse de su puesto de trabajo. En estos casos, es importante conocer cuántos días de baja para recuperarse corresponden, así como los requisitos que se tienen que cumplir.

¿Cuáles son los requisitos a cumplir para tener derecho a baja laboral por gripe?

Cuando se habla de baja médica, se enfoca a la baja emitida por parte de un médico perteneciente al Sistema de Atención Primaria. En estos casos, se realiza tras haber realizado un diagnóstico que confirme la incapacidad del o la paciente para el desempeño de sus tareas laborales en casos de enfermedad común no relacionados con el trabajo.

¿Cuántos días de baja corresponden al trabajador que está de baja por gripe?

Tomando como referencia los períodos máximos que están recogidos en el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal del Instituto Nacional de la Seguridad Social, encontramos que, por el virus de gripe común, el número de días de baja laboral asciende a 7. Dependiendo de si se agrava a gripe con neumonía o bronquitis, la cifra podría variar.

Respecto a los requisitos para poder acceder a solicitar la baja médica, encontramos:

¿Qué obligaciones existen mientras el empleado está de baja médica?

En primer lugar, aportar la documentación necesaria para cumplimentar los partes de baja médica. Por otro lado, cumplir con el tratamiento que se ha indicado por parte de los médicos, recoger personalmente los partes de baja, confirmación y altas en las fechas que se hayan señalado. 

Se acudirá al centro de salud para hacer las revisiones que sean consideradas necesarias por parte de los profesionales de la salud y, muy importante, se facilitarán los partes de baja y confirmación y alta a la empresa en los plazos que se marquen de manera legal. Es decir, durante los 3 días siguientes a la expedición del parte de baja y 24 horas después de recibirla en el caso del alta.

¿Cuánto se cobra por estar de baja por la gripe?

Para saber cuánto dinero corresponde por la baja laboral por gripe, es importante saber las diferencias entre baja esporádica e incapacidad temporal. En el primer caso, es una ausencia de no más de 3 días en la que será necesario presentar justificante médico. El salario percibido en estos días, no será reflejado en la nómina, siempre que en el contrato o el convenio se especifique algo diferente. De este modo, no se cobrarán estos primeros 3 días.

Respecto a la incapacidad temporal, su duración oscila entre 4 días y un año. Sin embargo, hay casos en los que la gravedad implica que se deban prorrogar 6 meses más. Se debe a enfermedades comunes, así como accidentes no laborales o enfermedades causadas del trabajo.

Entre los días 4 y 15, el empleado no recibirá el 60% de la base reguladora. Así, entre los días 16 al 20, la Seguridad Social se hará cargo del 60% que en el pasado era responsabilidad el empresario. Una vez se llegue al día 21, la cantidad pasará a ser del 75%.

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