Por Esteban Escribano, experto en Laboral
La base de cotización de los autónomos societarios se ha incrementado en un 8%. En tugesto te contamos todo lo que necesitas saber sobre este incremento
¿Qué es la base de cotización de un autónomo?
La base de cotización es aquella cantidad sobre la que se aplica el porcentaje por el cual se calcula la cuota de autónomos. Hay una base mínima y una máxima, para 2017, la base mínima es de 825,60 euros para los grupos de cotización del número 4 al 11; de 831,60€ para el grupo de cotización 3; para el grupo de cotización 2 es de 956,10€ y para el grupo 1 (autónomos societarios) es de 1.152,90€. Además, cabe resaltar que la base de cotización máxima es para todos los grupos de cotización la misma, 3751,20 euros.
En 2017 hemos notado que la cuota de autónomo ha subido considerablemente.
¿Cuánto tendrían que pagar los autónomos de más?
Los autónomos societarios, los administradores de una sociedad o los miembros del consejo tienen que acogerse a la base de cotización del grupo 1 del Régimen General, y este año es de 1.152,90€. El incremento ha sido del 8%, por lo que la cuota ha subido en el mismo porcentaje.
En 2016 si tenías una base de cotización mínima del grupo 1, que era de 1.067,40€, pagabas 319,16€ de cuota de autónomo. Ahora, al aumentar la base a 1.152,90€ tienes que pagar 344,69€ al mes, lo que supone un desembolso de 25,53€ más.
Para los socios de una sociedad mercantil o administradores que cotizaban por el máximo 3.642€ mensuales el incremento ha sido del 3%, pasando a tener una base de cotización máxima de 3.751,26€ mensuales. La cuota de autónomos para los socios y administradores de una empresa respecto al año 2016 es de 32,77€ mensuales, lo que se traduce en una cuota de 1.121,73 € al mes.
Base mínima, intermedia o máxima para trabajadores autónomos
Los trabajadores autónomos pueden elegir la base por la que cotizar a la Seguridad Social, pueden elegir la mínima, una intermedia o la máxima. La base de cotización hay que elegirla al darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (R.E.T.A), pero también puedes solicitar un cambio de base de cotización, en el caso de que ya estés dado de alta en el RETA. Para ello, tienes que tener en cuenta que, según la edad, te limitan el máximo por el cual puedes cotizar a la Seguridad Social.
Solicitar el aumento o disminución de tu base de cotización
El incremento o la disminución de tu base de cotización a la Seguridad Social puedes solicitarlo entre el 1 de enero y el 30 de abril, teniendo efectos en la cuota del mes de julio de ese mismo año. Y, también, se puede solicitar desde el 1 de mayo al 31 de octubre, dónde repercutirá en la cuota del mes de enero del año siguiente.
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Importancia de tener una base de cotización bien regulada
Es muy importante que la base de cotización la tengamos ajustada a nuestras necesidades. Cuánto más alta es la base más pagaremos de cuota de autónomos pero, por otra parte, tenemos que tener en cuenta que según la base de cotización que tengamos recibiremos las prestaciones de la Seguridad Social. En caso de tener una base de cotización mínima supondrá que en el supuesto de tener una incapacidad temporal por enfermedad, accidente, jubilación o incapacidad permanente recibiremos menos dinero, de acuerdo con nuestra base de cotización.
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