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Cómo entender un contrato de trabajo

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El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo la organización y dirección del empresario, a cambio del pago de una retribución (salario). En el post de hoy, vamos a ayudarte a cómo entender un contrato de trabajo para que conozcas todas las peculiaridades del mismo.

Muchas de las personas actualmente empleadas por cuenta ajena no llegan a entender la totalidad de lo contenido en el documento que establece la relación laboral entre el empresario y el empleado.

A lo largo de este post os explicamos algunas características de los diversos contratos laborales y os damos las claves para que podáis entender el contenido de vuestro contrato de trabajo.

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¿Cómo saber si tu contrato de trabajo es legal?

Para que un contrato de trabajo sea legal en el mismo ha de haber:

Consentimiento

Ha de ser voluntario, sin intimidación, engaño o fraude.

Objeto

Ha de ser lícito y determinado o ser determinable.

Causa

Es el motivo por el que se realiza el contrato, intercambio de trabajo por salario.

En el Estatuto de los Trabajadores, los artículos 7, 8 y 9 son los que definen y regulan el contrato de trabajo.

Como dice el artículo 8, los contratos de trabajo deben realizarse por escrito cuando así lo exija la disposición legal y en todo caso para los siguientes:

  • Contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Contratos en prácticas.
  • Contratos de obra o servicio determinado.
  • Contratos eventuales.
  • Contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo.
  • Contratos de trabajadores que trabajen a distancia, artículo 13 del Estatuto de los trabajadores.
  • Contrato de trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

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Si estos contratos no se realizan por escrito, se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa. Y podrán ser sancionados con infracción grave.

Las infracciones graves con multa, en su grado mínimo, oscilan entre los 626 y 1.250 euros; en su grado medio, entre 1.251 y 3.125 euros; y en su grado máximo, entre 3.126 a 6.250 euros.

Una vez confeccionado el contrato el empresario debe comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un plazo máximo de 10 días.

Cuando la relación laboral sea de duración superior a 4 semanas, deberá realizarse el contrato por escrito. Si existiese representación legal de los trabajadores, se le deberá entregar una copia básica del contrato.

Los contratos pueden ser indefinidos o temporales, en los supuestos legalmente previstos.

Pueden ser contratadas todas aquellas personas mayores de 16 años con la correspondiente autorización de sus padres o tutores o emancipadas.

Los menores de 18 años no pueden desarrollar trabajos nocturnos, esto es entre las 22:00 h y las 6:00 horas, para españoles o extranjeros de acuerdo con la legislación vigente.

¿Qué datos debe contener un contrato de trabajo?

El contrato de trabajo debe comprender:

Datos de la empresa

En este apartado deben figurar los datos identificativos del empresario o empresa, CIF, representante, nombre, dirección, Código Cuenta de Cotización a la Seguridad Social, actividad, etc.

Datos del centro de trabajo

Población y país.

Datos del trabajador

Nombre, NIF, fecha nacimiento, número de afiliación a la Seguridad Social y domicilio.

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Cláusulas de contrato indefinido

Cláusula PRIMERA

En ella se especifica la ocupación, la categoría profesional y el centro de trabajo.

Cláusula SEGUNDA

En ella se informa sobre si se celebra para trabajos fijos discontinuos.

Cláusula TERCERA

Hace alusión a la jornada laboral, puede ser jornada completa o tiempo parcial. Se tiene que especificar las horas diarias, semanales, mensuales o anuales y el horario en caso de que se celebre a tiempo parcial.

Cláusula CUARTA

En ella se indica el día que comienza la relación laboral y el periodo de prueba. El periodo de prueba es el tiempo concertado por el empresario y el trabajador durante el cual, cualquiera de ambas partes puede rescindir el contrato sin alegar causa alguna y sin preaviso. Tiene la finalidad de comprobar, el empresario, si el trabajador está o no capacitado para el trabajo para el cual ha sido contratado, y al trabajador le permite conocer si las condiciones en las que va a desarrollar su trabajo son las pactadas en el contrato

El tiempo del periodo de prueba lo fijan las dos partes y es:

  • 6 meses para técnicos titulados.
  • 2 meses para el resto de trabajadores.

Salvo que el Convenio Colectivo marque otra duración.

Cláusula QUINTA

Esta es la más interesante para el trabajador, ya que en ella se fija el salario que va a percibir por su trabajo y los conceptos salariales. Normalmente se indica «según convenio» y «pagas extras prorrateadas», si así te lo indican, deberás consultar el convenio al cual pertenece la empresa.

Cláusula SEXTA

Duración de las vacaciones, es importante que mires el Convenio Colectivo de la empresa para saber cuántos días te corresponden, ya que muchos convenios marcan más de 30 días naturales.

Cláusula SÉPTIMA

Debe de reflejar el nombre del convenio colectivo al cual pertenece la empresa.

Cláusula OCTAVA

Es para los contratos de relevo, debe figurar el nombre del trabajador que va a ser sustituido.

Cláusulas adicionales

En este apartado el empresario puede añadir tantas cláusulas como quiera, siempre que sean legales y constitucionales.

Cláusulas del contrato temporal

Cláusula PRIMERA

En ella se especifica la ocupación, la categoría profesional y el centro de trabajo.

Cláusula SEGUNDA

Hace alusión a la jornada laboral, puede ser jornada completa o tiempo parcial. Se tiene que especificar las horas diarias, semanales, mensuales o anuales y el horario en caso de que se celebre a tiempo parcial.

Cláusula TERCERA

Se indica el día que comienza la relación laboral y el periodo de prueba. El periodo de prueba es el tiempo concertado por el empresario y el trabajador durante el cual, cualquiera de ambas partes puede rescindir el contrato sin alegar causa alguna y sin preaviso. Permite al empresario comprobar si el trabajador está o no capacitado para el trabajo para el cual ha sido contratado, y al trabajador le facilita conocer si las condiciones en las que va a desarrollar su trabajo son las pactadas en el contrato.

El tiempo del periodo de prueba lo fijan las dos partes y es:

  • 6 meses para técnicos titulados.
  • 2 meses para el resto de trabajadores.

Salvo que el Convenio Colectivo marque otra duración.

Cláusula CUARTA

Esta es la más interesante para el trabajador, ya que en ella se fija el salario que va a percibir por su trabajo y los conceptos salariales. Normalmente se indica «según convenio» y «pagas extras prorrateadas», si así te lo indican, deberás consultar el convenio al cual pertenece la empresa.

Cláusula QUINTA

Duración de las vacaciones, es importante que mires el Convenio Colectivo de la empresa para saber cuántos días te corresponden, ya que muchos convenios marcan más de 30 días naturales.

Cláusula SEXTA

Indemnización por finalización de contrato temporal, depende de la fecha en la que se formalizó el contrato:

  • en los contratos firmados hasta el 31/12/2011:  8 días por año.
  • en los contratos firmados a partir del 1/1/2012:  9 días por año.
  • en los contratos firmados a partir del 1/1/2013:  10 días por año.
  • en los contratos firmados a partir del 1/1/2014:  11 días por año.
  • en los contratos firmados a partir de 1/1/2015:  12 días por año.

Cláusula SÉPTIMA

Deben de reflejar el nombre del convenio colectivo al cual pertenece la empresa.

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Cláusulas adicionales

En este apartado el empresario puede añadir tantas cláusulas como quiera, siempre que sean legales y constitucionales.

Estos son los dos contratos más comunes que se firman hoy en España, y todos siguen las mismas pautas y condiciones.

Es muy importante que ambas partes firmen todas las hojas del contrato y fechen el contrato.

Leer bien el contrato y comprobar las condiciones fijadas es muy importante ya que es el acuerdo, entre el empresario y el trabajador, por el que el trabajador se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio del salario.

Derechos y deberes de los trabajadores 

Derechos

  • A la ocupación efectiva del trabajo.
  • A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos, etc…).
  • A no ser discriminado.
  • A la integridad física y a la intimidad.
  • A percibir mensualmente su salario.

Deberes

  • Cumplir con las obligaciones del puesto de trabajo con los principios de buena fe y diligencia.
  • Cumplir con las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Cumplir con las órdenes e instrucciones del empresario o encargado en el ejercicio de su función directiva.
  • No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
  • Contribuir a mejorar la productividad de la empresa.

Por último informaros de que hay contratos bonificados y subvencionados, pero este tema lo desarrollaremos más detenidamente en otro post.

Ahora ya conoces mejor cuáles son los datos fundamentales que se deben incluir en un contrato de trabajo, así como cuál es el contenido de las cláusulas que se añaden al mismo. ¡Contáctanos sin compromiso alguno en casa de dudas!

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