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Me ha llegado una notificación de la Agencia Tributaria, ¿qué hago?

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¿Has recibido una carta de la Agencia Tributaria y no sabes qué es?

La cara de susto no te la quita nadie cuando recibes un requerimiento o una notificación de la Agencia Tributaria, pero no te pongas dramático…

A veces las administraciones públicas también se equivocan.

Si el aviso que nos llega es razonable, muchas veces es cuestión de solucionar algún tipo de error que no tiene que derivar, necesariamente, en un desembolso económico.

Es importante rodearte de buenos asesores y abogados que te ayuden en casos como las notificaciones de Hacienda que pueden ser de muy distinta índole, desde una modificación censal, aviso de no presentación de algún impuesto, etc.

¿Qué hago si recibo una notificación de la Agencia Tributaria?

Lo primero que debes hacer es leer la notificación tranquilamente y ver qué necesita de ti la Administración.

No hace falta decir, que lo peor que puedes hacer es ignorar la carta o deshacerte de ella.

¿Por qué? Porque el cartero realizará hasta 2 intentos (siempre por correo certificado) hasta que se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Llegados a este punto, empezará a correr el tiempo que tendremos para subsanar el error (que puede ser nuestro o de Hacienda).

Es importante que recojas la carta certificada de la Agencia Tributaria ya que después te resultará muy complicado saber cuándo va a publicarse en el boletín y habrá que estar muy pendiente para evitar que se nos pase el plazo.

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La Agencia Tributaria te permite además recibir las notificaciones por email ¿todavía no conoces la página de notificaciones 060? Entra en su web y date de alta para recibir por vía telemática las AEAT notificaciones administrativas.

Para que te quede más claro cómo actuar si recibes una notificación de Hacienda, a continuación te definimos los pasos que debes seguir:

Pasos a seguir si recibo una notificación de Hacienda

Anota la fecha del día de entrega de la carta

¿Por qué? Porque tanto si aceptamos la carta del cartero como si no, saldrá publicado igualmente en el BOE y empezará a contarnos el plazo a partir del día siguiente de la notificación.

El plazo son 10 días hábiles, sin contar domingos y festivos. Después de anotar la fecha del día de entrega y contar los días, tendrás que anotar debajo de la fecha de recibo, la fecha del fin de plazo. De ese modo sabrás hasta que día tienes para contestar la notificación.

Dar una contestación a la Agencia Tributaria

Una vez leída la carta, las instrucciones y sabiendo los motivos de la solicitud ya puedes dar una contestación apropiada.

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Por suerte, puedes contestar este requerimiento a través de Internet en la propia página web de Hacienda.

De esa forma, la propia Administración te detalla cómo contestar requerimientos o aportar documentación relacionada con una notificación de la AEAT (Agencia Española de Administración Tributaria).

Solo necesitas el certificado digital o DNI electrónico o el código seguro de Verificación.

Con estas herramientas puedes responder a la petición y ver las AEAT notificaciones pendientes. Siempre tienes opción de responder por correo postal o pedir una cita, aunque será un proceso mucho más lento y más tedioso.

Si optas por el correo postal debes anotar la fecha de entrega del día en que el cartero la dejó en tu buzón para poder contar los 10 días hábiles a partir de esa fecha.

¿Qué pasa si la Agencia Tributaria no se queda contenta?

Siempre puedes recurrir a las alegaciones.

Llegados a este punto, la Administración considerará que la información presentada no es suficiente o es errónea y no te quedará más remedio que pagar, lo mejor es guardar todos tus recibos para poder realizar una alegación y tener opciones de recurrir.

Puedes volver a recurrir el requerimiento, pero ya tendrás abierto un expediente sancionador.

Mientras trates de arreglar la situación no te quedará otra que abonar la deuda que se te exija, ya habrá tiempo para devoluciones en caso de que la Administración no tenga la razón.

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Para seguir el recorrido natural en tu reclamación el siguiente paso será:

Presentar un recurso de reposición

Este recurso se interpone ante la propia Administración con la idea de impugnar el requerimiento y buscar una rectificación dentro de la vía administrativa, antes de llegar a la vía judicial.

Cursar una reclamación económico-administrativa

Tienes que hacerlo en el plazo de 1 mes natural desde la última resolución de Hacienda.

La reclamación económico-administrativa es un recurso administrativo especial y representa una vía exclusiva para impugnar los actos tributarios ante la propia Administración.

Infografía de cómo actuar ante una notificación de Hacienda

Como ves, aunque no es decisivo, es importante estar al día, guardar las facturas, tener la máxima información posible y almacenar cualquier documentación que puede ser de ayuda si se presenta un requerimiento por parte de Hacienda.

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